Disposicion 4134/2008 - Anmat

Fecha de publicación25 Julio 2008
Fecha de disposición25 Julio 2008
SecciónProductos Alimenticios
Número de Gaceta31454
Art. 2º

Ordénase a la firma PHARMA DEL PLATA S.R.L. implementar los mecanismos necesarios a fin de proceder al recupero de todas las unidades de las especialidades medicinales mencionadas en el artículo anterior, debiendo notificar tal circunstancia al Instituto Nacional Medicamentos acompañando la documentación respaldatoria correspondiente.

Art. 3º

Instrúyase sumario a la firma PHARMA DEL PLATA SRL y a quien resulte su director técnico, en virtud del art. 3º de la Ley 16.463 por la presunta trasgresión de los artículos , y de la Ley 16.463 y al art. 2º del Decreto 150/92.

Art. 4º

Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, comuníquese a las autoridades provinciales y a las del Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, y a las cámaras y entidades profesionales correspondientes. Comuníquese a la Dirección de Planificación y Relaciones Institucionales. Gírese al Departamento de Sumarios de la Dirección de Asuntos Jurídicos a efectos de dar cumplimiento con el artículo 3º de la presente. Cumplido, archívese. -- Ricardo Martínez.

Administración Nacional de Medicamentos,

Alimentos y Tecnología Médica PRODUCTOS ALIMENTICIOS Disposición 4134/2008

Prohíbese la comercialización del producto rotulado como 'Jugo de Noni', 'Noni Evergreen' o 'King Noni'.

Bs. As., 16/7/2008

VISTO el expediente 1-47-2110-10155-07-3 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica y;

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Vigilancia Alimentaria del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) recibió una denuncia según la cual el producto llamado 'Jugo de Noni' se ofrecería a la venta por distintos medios de comunicación sin estar registrado, denunciándose que el domicilio del distribuidor mayorista sería el de Ayacucho 471 piso 5º A, Ciudad de Buenos Aires.

Que el Departamento de Inspectoría del INAL realizó una inspección al supuesto establecimiento distribuidor mayorista de la calle Ayacucho 471 Piso 5º A, Capital Federal mediante Orden de Inspección Nº 633/07 y pudo constatar que se trata de un consultorio médico.

Que de acuerdo a lo consignado en el Acta en dicho consultorio se distribuye el producto llamado 'Jugo de Noni' el cual es comercializado por el Sr. Jorge Arguello quien sería el responsable del producto que se promociona según constancia de fojas 3.

Que es necesario destacar que mediante Acta de Inspección los inspectores del Departamento de Inspectoría del INAL le comunican al responsable del producto que tiene un plazo de 48 horas para presentar en Mesa de Entradas del INAL las facturas de compra correspondientes al producto a fin de obtener datos fehacientes del importador por tratarse de un producto de origen ecuatoriano como consta en el Acta de Inspección y cumplido el plazo no se ha presentado documentación alguna.

Que el Departamento de Inspectoría del INAL aportó los datos de la página de Internet a través de la cual se promocionan y comercializan los productos de 'Noni Evergreen' y se publica la dirección de correo electrónico jorgearguello@ciudad.com.ar y el número telefónico (54-011) 4206-5658 para comprar los productos de 'Noni Evergreen'.

Que según la guía telefónica en la fecha de la inspección (noviembre...

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