Disposicion 2335/2007 -anmat

Fecha de disposición02 Mayo 2007
Fecha de publicación02 Mayo 2007
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31146
Art. 3º

Las partes interesadas podrán efectuar comentarios que estimen pertinentes sobre la elección de ESTADOS UNIDOS DE AMERICA como tercer país de economía de mercado dentro de un plazo de DIEZ (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial del presente acto.

Art. 4º

Notifíquese a la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIAY PRODUCCION, que las operaciones de importación que se despachen a plaza del producto descripto en el Artículo 1º de la presente resolución, se encuentran sujetas al régimen de control de origen no preferencial en los términos de lo dispuesto por el inciso b) del Artículo 2º de la Resolución Nº 763 de fecha 7 de junio de 1996 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS.

Art. 5º

El requerimiento a que se hace referencia en el artículo anterior se ajustará a las condiciones y modalidades dispuestas por las Resoluciones Nros. 763 de fecha 7 de junio de 1996 y 381 de fecha 1 de noviembre de 1996 ambas del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, sus normas complementarias y disposiciones aduaneras que las reglamentan.

Art. 6º

La presente resolución comenzará a regir a partir de la fecha de su firma.

Art. 7º

La publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial se tendrá a todos los fines como notificación suficiente.

Art. 8º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Felisa Miceli.

Ministerio de Defensa SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL Resolución 480/2007

Interviénese el citado organismo actuante en el ámbito de la Secretaría de Planeamiento del Ministerio de Defensa. Desígnase Interventor.

Bs. As., 25/4/2007

VISTO el Decreto Nº 1689 del 22 de noviembre de 2006, el expediente del registro del MINISTERIO DE DEFENSA Nº 14.278/2006, y CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto citado en el VISTO se transfirió a partir del 1º de enero de 2007, el SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL, organismo dependiente del COMANDO DE REGIONES AEREAS de la FUERZA AEREA ARGENTINA, al ámbito de la SECRETARIADE PLANEAMIENTO del MINISTERIO DE DEFENSA, junto con la totalidad de las unidades organizativas que lo integran con sus respectivas competencias, créditos presupuestarios, cargos y horas de cátedra incluidos en el Programa 23 SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL de la SUBJURISDICCION 45.23 ESTADO MAYOR GENERAL DE LA FUERZA AEREA del Presupuesto del corriente ejercicio y bienes patrimoniales registrados a su cargo.

Que por el mismo acto se dispuso que hasta tanto el MINISTERIO DE DEFENSA eleve la propuesta de estructura organizativa del SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL hasta el primer nivel operativo, incluyendo el Organigrama, Objetivos, Responsabilidad Primaria y Acciones, y su correspondiente Planta Permanente y Planta No Permanente, así como la estructura y composición de su financiamiento, quedarían vigentes las unidades organizativas existentes, con la asignación de los respectivos niveles y grados de revista previstos en el Régimen del Personal Civil de las Fuerzas Armadas y de la Ley Nº 19.101 para el Personal Militar de las Fuerzas Armadas, el que a partir del 1º de enero de 2007, revistaría en comisión de servicios con destino en el MINISTERIO DE DEFENSA - SERVICIO METEOROLOGICO NACIONAL.

Que, a fin de garantizar la normalización del servicio durante el proceso de transferencia dispuesto por el Decreto Nº 1689/06, procede designar un funcionario...

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