Disposicion 1890/2007 -anmat

Fecha de disposición10 Abril 2007
Fecha de publicación10 Abril 2007
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31131

Será necesaria la utilización de una contraseña o dato biométrico para activar el dispositivo de 'hardware'.

Los elementos de autenticación serán entregados físicamente al usuario en el momento de la registración, de tal forma que la asociación 'persona que se está registrando' con la 'persona que utiliza los medios de autenticación' esté asegurada.

NOTA: En el supuesto que el usuario desee acceder a un nivel de seguridad superior, deberá cumplir con los requisitos estipulados para el nivel al cual desea acceder.

ANEXO II - RESOLUCION GENERAL Nº 2239

PROCEDIMIENTO PARA OBTENER LA 'CLAVE FISCAL' A - MEDIANTE TRAMITE ELECTRONICO Nivel de seguridad 1: la solicitud se efectúa a través de 'Internet' (http://www.afip.gov.ar). Al ingresar el número de identificación --Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), Código Unico de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o Clave de Identificación (C.D.I.)-- se asigna la 'Clave Fiscal' previa verificación de la validez de estos datos y de que no posea una 'Clave Fiscal' vigente.

Nivel de seguridad 2: la solicitud se efectúa a través de 'Internet' (http://www.afip.gov.ar). Al ingresar el número de identificación --Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), Código Unico de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o Clave de Identificación (C.D.I.)-- se asigna la 'Clave Fiscal' previa verificación de la validez de estos datos, de que no posea una 'Clave Fiscal' vigente y de algún dato no público como ser un pago, datos de una declaración jurada, etc.

B - MEDIANTE TRAMITE PRESENCIAL O ELECTRONICO Niveles de seguridad 3 y 4: a opción el usuario podrá efectuar el trámite en forma presencial o iniciarlo en forma electrónica.

PRESENCIAL: para obtener la 'Clave Fiscal' la solicitud debe efectuarse a través de la presencia física del solicitante en una dependencia de esta Administración Federal a fin de acreditar su identidad mediante la presentación de los documentos que se indican a continuación:

  1. Argentinos nativos o naturalizados y extranjeros: original y fotocopia del documento nacional de identidad, libreta cívica o libreta de enrolamiento y documento de identidad del país de origen, pasaporte o cédula del MERCOSUR de tratarse de un país limítrofe.

  2. Extranjeros con residencia en el país --incluida la temporaria o transitoria-- que no posean documento nacional de identidad: original y fotocopia de la cédula de identidad, o del certificado o comprobante que acredite el número de expediente asignado por la Dirección Nacional de Migraciones, donde conste el carácter de su residencia.

    ELECTRONICO: deberá efectuarse el siguiente procedimiento:

  3. Consignar los datos requeridos en el formulario de solicitud de 'Clave Fiscal'.

  4. Seleccionar la 'Clave Fiscal' a utilizar.

  5. Imprimir a través del equipamiento informático el formulario Nº 3282 de 'Solicitud de Usuario y Selección de Clave Fiscal'.

  6. Concurrir a una dependencia de esta Administración Federal para realizar el trámite de habilitación con el formulario Nº 3282 --sin firmar--, y la documentación según el sujeto de que se trate.

    C - PERSONAS FISICAS QUE ACTUEN EN CARACTER DE REPRESENTANTES LEGALES DE PERSONAS JURIDICAS A los fines de acreditar su carácter de representante legal, las personas físicas deberán presentar en la dependencia de esta Administración Federal, por cada persona jurídica representada, los elementos que se indican a continuación:

  7. Copia autenticada de las normas que regulan el funcionamiento --contrato social, estatuto, etc.-- de la persona jurídica.

  8. Documentación que lo acredite como representante legal de la entidad respectiva --acta de asamblea, sentencia judicial, etc.--.

    Los sujetos indicados en el primer párrafo podrán autorizar a un tercero para efectuar dicho trámite, mediante poder suficiente a satisfacción de este Organismo o a través de formulario Nº 3283, presentados en alguna dependencia de esta Administración Federal.

    D - PROCEDIMIENTO EN CASO DE OLVIDO DE LA 'CONTRASEÑA' En caso de olvido de la contraseña, el usuario tendrá a su disposición los siguientes mecanismos:

  9. De recuperación, mediante el cual ante el ingreso de ciertos datos en la página 'web' de la Administración Federal, será posible el blanqueo de la contraseña.

  10. Mediante comunicación telefónica al 'Call Center' del Organismo, el cual una vez determinada la identidad de la persona, blanquea su contraseña y deberá rehabilitarla por alguno de los métodos indicados precedentemente.

  11. Concurriendo a una dependencia operativa, para efectuar el trámite correspondiente.

    En todos los casos, quedará vigente el nivel de seguridad, mediante el cual se ha procedido a su...

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