Disposición 9575-E. Prohibición de comercialización.

Fecha de disposición30 Agosto 2017
Fecha de publicación30 Agosto 2017
SecciónDisposiciones

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

PRODUCTOS ALIMENTICIOS

Disposición 9575-E/2017

Prohibición de comercialización.

Ciudad de Buenos Aires, 25/08/2017

VISTO el expediente N° 1-47-2110-3671-17-5 de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y

CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones se inician a raíz de que la Dirección General de Bromatología de Santiago del Estero mediante la "Red del Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria, Red SIVA" notifica el incidente alimentario N° 527 en el Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA) en relación al producto "Mermelada de Aloe" marca: Radaloe, RNPA N° 2200233033, RNE N° 220003965, que no cumple la legislación alimentaria vigente por lo que establece la prohibición provincial, retiro y decomiso de dicho producto.

Que el incidente alimentario se detectó en el marco del programa de monitoreo realizado por la citada Dirección, la que informa que el estado de los registros de establecimiento y producto se encuentran vencidos desde el año 2012.

Que el Departamento de Vigilancia Alimentaria del INAL categoriza el retiro Clase III, a través de un comunicado del SIFeGA pone en conocimiento de los hechos a todas las Direcciones Bromatológicas del país y Delegaciones del INAL y solicita que en caso de detectar la comercialización del referido producto así como de todo producto con el mismo RNE en sus jurisdicciones procedan de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.1.2 del anexo del artículo 1415 del Código Alimentario Argentino (CAA) concordado con los artículos 2°, 9°y 11° de la Ley 18284, informando a este Instituto acerca de lo actuado.

Que el producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis, 13 y 155 del CAA por carecer de autorización de producto y de establecimiento y por consignar en su rótulo un número de registro de establecimiento no vigente, resultando ser un alimento falsamente rotulado y en consecuencia ilegal.

Que por tratarse de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR