Disposición 94/2019

Fecha de publicación24 Octubre 2019
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO


Ciudad de Buenos Aires, 08/04/2019

VISTO el Expediente Nº 1.765.967/17 del Registro del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la RESOL-2017-778-APN-SECT#MT, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/8 del Expediente Nº 1.765.967/17, obra el acuerdo celebrado entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS (FAECYS), por la parte sindical y la FEDERACIÓN ARGENTINA DE ASOCIACIONES DE EMPRESAS DE VIAJES Y TURISMO (FAEVYT), por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 547/08, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que el precitado acuerdo fue oportunamente homologado por la RESOL-2017-778-APN-SECT#MT y registrado bajo el Nº 915/17, conforme surge de fojas 67/68 y 71, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a tal efecto, mediante el IF-2018-04864182-APN-DNREGT#MT, se solicitó a las partes la presentación de las escalas salariales correspondientes al Acuerdo N° 915/17 vigentes a partir del 1/5/2017 y 1/8/2017.

Que a fojas 1/5 del Expediente N° 1.799.787/18 agregado a fojas 82 al Expediente N° 1.765.967/17, las partes acompañan y ratifican escalas salariales, cumplimentando lo requerido.

Que a fojas 143/146, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Dirección Nacional por el cual se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las...

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