Disposición 933/2022

Fecha de publicación25 Noviembre 2022
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN DE NORMATIVA LABORAL


Ciudad de Buenos Aires, 18/10/2022

VISTO los Expedientes detallados en el documento Anexo IF-2022-110972031-APN-DNRYRT#MT, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, y las Resoluciones de la Secretaría de Trabajo detalladas en el mismo documento, la RESOL-2021-59-APN-ST#MT, la DI-2021-270-APN-DNL#MT y las Disposiciones de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo también detalladas en el mismo documento, y

CONSIDERANDO:

Que por las Resoluciones y Disposiciones indicadas en el documento citado en el Visto, se homologaron diversos acuerdos de la FEDERACION DE OBREROS, ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNICACIONES DE LA REPUBLICA ARGENTINA celebrados con diversas empresas en el marco de sus respectivos Convenios Colectivos, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004), conforme se detalla en dicho documento.

Que mediante el artículo 2º de la DI-2021-270-APN-DNL#MT se fijó el importe promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio con vigencia desde el 01 de Julio de 2019 correspondiente al Acuerdo N° 124/21, homologado por el artículo 2º de la RESOL-2021-59-APN-ST#MT

Que atento a que las partes en el Acuerdo N° 515/20 han establecido incrementos salariales con vigencia 1º de Julio de 2019 superiores a los establecidos por el Acuerdo Nº 124/21, deviene necesario actualizar el monto del promedio de las remuneraciones anteriormente fijado y del respectivo tope indemnizatorio que surge del mismo, por los nuevos importes que se detallan en el Anexo de la presente correspondientes al Acuerdo 515/20.

Que, cabe destacar que la DI-2021-270-APN-DNL#MT, conserva su eficacia y demás efectos en aquello que no resulte modificado por el presente acto.

Que en las referidas Resoluciones y Disposiciones indicadas en el documento citado en el Visto, también se dispuso evaluar la procedencia de establecer los promedios de las remuneraciones para, en caso de corresponder, fijar los topes previstos en el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que en cumplimiento de lo dispuesto se emitió el informe técnico IF-2022-110974978-APN-DNRYRT#MT, al cual se remite en orden a la brevedad, donde se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones y del tope indemnizatorio resultante.

Que la presente...

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