Disposición 903 - E.

Fecha de disposición31 Octubre 2016
Fecha de publicación31 Octubre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Disposición 903 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 20/10/2016

VISTO el Expediente N° 1-2002-4300020373/15-6 del registro de este SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN (SNR), y

CONSIDERANDO:

Que por medio del mismo tramita la categorización e inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE ATENCIÓN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD, de la institución "APYNA S.R.L." en la modalidad prestacional Centro Educativo Terapéutico.

Que si bien la institución se encuentra inscripta en el Registro Nacional de Prestadores, la misma informa el traslado de su sede de la calle Alvear N° 329 de la localidad de Quilmes a la nueva sede de la calle Maipú N° 859 de la localidad de Bernal, partido de Quilmes.

Que el 24 de agosto de 2016 se realizó la auditoría en terreno, obrando agregada al expediente el acta respectiva debidamente notificada a la institución.

Que en tal oportunidad se procedió a la evaluación de los antecedentes de los servicios de la mencionada institución según el Marco Básico de Organización y Funcionamiento de Prestaciones y Establecimientos de Atención a Personas con Discapacidad aprobado por Resolución Ministerial N° 1328/06.

Que se utilizaron las Guías de Evaluación Institucional aprobadas por Resolución N° 14/00 del Presidente del Directorio del SISTEMA DE PRESTACIONES BÁSICAS DE ATENCIÓN INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD (P.D.S.P.B.A.I.P.D), las que obran en el expediente.

Que merituando la constatación en terreno y la documentación aportada, la Junta Evaluadora realizó el informe de su competencia, el 15 de septiembre de 2016, en el que concluyó que la institución se encuentra en condiciones de ingresar al Registro Nacional de Prestadores.

Que en base a los motivos consignados corresponde dar de baja a la institución "APYNA S.R.L" de la sede de la calle Alvear N° 329, de la localidad de Quilmes, respecto de la modalidad prestacional Centro Educativo Terapéutico.

Que obra agregada en el expediente la Declaración Jurada de Población Asistida realizada por la Institución, conforme Anexo I, punto 8.2.2, Resolución N°02/13 (PDSPBAIPD), que al momento de la auditoría era de treinta y ocho (38) concurrentes, en jornada doble.

Que obra agregado el Formulario de Constancia de Categorización conforme Anexo 1, Punto 8.2.3, Resolución N° 2/13 (P.D.S.P.B.A.I.P.D).

Que la DIRECCIÓN DE PROMOCIÓN y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS del SNR han tomado la...

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