Disposición 903/2021

Fecha de publicación26 Noviembre 2021
SecciónDisposiciones
EmisorDIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS


Ciudad de Buenos Aires, 25/11/2021

VISTO el Expediente N° EX-2021-110751410-APN-RENAPER#MI, las Leyes Nº 15.869, Nº 17.671 y sus modificatorias y Nº 19.510, los Decretos Nº 261 del 2 de marzo de 2011 y sus modificatorios, y Nº 79 del 27 de diciembre de 2019, la Resolución N° 2436 del 12 de septiembre de 2011 y la Disposición N° 2352 del 30 de noviembre de 2017 y su modificatoria, todas de esta DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 61 de la Ley Nº 17.671 faculta a esta DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE INTERIOR del MINISTERIO DEL INTERIOR, a expedir en forma exclusiva los distintos tipos de Pasaportes.

Que el artículo 1° del Decreto Nº 261/11 establece que con excepción de los Pasaportes Diplomáticos y Oficiales, los distintos tipos de Pasaportes Nacionales serán otorgados en todo el territorio de la Nación por esta Dirección Nacional.

Que por el artículo 1º del Decreto Nº 749 del 30 de octubre de 2019 se sustituyó el Anexo I “Reglamento para la Emisión de Pasaportes” aprobado por el artículo 2º del Decreto Nº 261/11, por el Anexo I “Reglamento para la Emisión del Pasaporte Ordinario para Argentinos, del Documento de Viaje para Apátridas o Refugiados y del Pasaporte Excepcional para Extranjeros”.

Que el artículo 32 del Anexo I al Decreto Nº 749/19 establece que esta Dirección Nacional fijará los aranceles correspondientes para la tramitación del Pasaporte Ordinario para Argentinos, del Documento de Viaje para Apátridas o Refugiados y del Pasaporte Excepcional para Extranjeros.

Que por la Resolución N° 2436/11 de esta Dirección Nacional, se estableció en DÓLARES estadounidenses, el arancel adicional a aplicar a aquellos trámites de Pasaportes de resolución inmediata -determinando su equivalencia en PESOS- ampliándose mediante el artículo 4º de su Disposición N° 2352/17, la aplicación del mismo a aquellos trámites que se realicen de igual tenor en los aeropuertos y Centros de Documentación rápida habilitados para ello dentro del territorio de la Nación.

Que por el artículo 3° de la Disposición N° 2352/17 de esta Dirección Nacional se actualizó el arancel adicional a aplicar a los trámites de Pasaporte Exprés emitidos en todo el territorio de la Nación por este organismo.

Que por la Disposición N° 3377 del 30 de julio de 2018 de esta Dirección Nacional se actualizó el valor del Pasaporte Electrónico de entrega regular emitido...

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