Disposición 9.

EmisorSERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA - DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL
Fecha de la disposición12 de Julio de 2018

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

DIRECCIÓN NACIONAL DE PROTECCIÓN VEGETAL

Disposición 9/2018

Ciudad de Buenos Aires, 10/07/2018

VISTO el Ex-2017-33058850-APN-DNTYA#SENASA la Leyes Nº 25.218 y N° 27233, el Decreto Ley N° 6704 del 12 de agosto de 1963 y su Decreto Reglamentario N° 8967 del 8 de octubre de 1963, las Resoluciones N° 834 del 27 de octubre de 2005 y Nº 312 del 1 de noviembre de 2007 ambas de la EX-SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, las Resoluciones Nº 248 del 23 de junio de 2003 y Nº 203 del 26 de abril de 2012 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y la Disposición Nº 4 del 4 de junio de 2013 de la Dirección Nacional de Protección Vegetal del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.

CONSIDERANDO:

Que por Ley N° 25.218 se aprobó LA CONVENCION INTERNACIONAL DE PROTECCION FITOSANITARIA, la cual ha desarrollado el concepto de Plagas No Cuarentenarias Reglamentadas.

Que la Ley N° 27.233 establece en su Artículo 3 la responsabilidad primaria e ineludible de toda persona física o jurídica vinculada a la producción, obtención o industrialización de productos, subproductos y derivados de origen silvo-agropecuario y de la pesca, debiendo velar y responder por la sanidad, inocuidad, higiene y calidad de su producción,

Que el Decreto Ley N°6704 del 12 de agosto de 1963 y su Decreto Reglamentario N° 8967 del 8 de octubre de 1963 fijan las regulaciones a que deben ajustarse las personas físicas y jurídicas, en cuanto a lo referido a las plagas de la agricultura, ya sea en los cultivos, transportes y almacenes, como en cualquier otra forma que permita su desarrollo, traslado y dispersión.

Que la Resolución SENASA Nº 248 del 23 de junio de 2003 asimila el concepto de plaga no cuarentenaria reglamentada al listado de plagas presentes en la Ley N º 6704 de Sanidad Vegetal.

Que la Resolución N° 834 del 27 de Octubre de 2005 de la EX SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS establece el proceso de producción, comercialización e introducción de plantas de vivero de frutales de hoja caduca o sus partes, y determina todos los aspectos que hacen a la identidad varietal, calidad y sanidad de las citadas plantas.

Que por la Resolución Nº 312 del 1 de noviembre de 2007 de la ex SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, se crea el Registro...

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