Disposición 9-E.

Fecha de disposición24 Octubre 2017
Fecha de publicación24 Octubre 2017
SecciónDisposiciones

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA

Disposición 9-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 19/10/2017

VISTO el Expediente EX-2017-23849259-APN-CME#MP, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 331 de fecha 11 de mayo de 2017, se establecieron alícuotas reducidas del Derecho de Importación Extrazona (D.I.E.) del CINCO POR CIENTO (5%), dos por ciento (2%) y CERO POR CIENTO (0%), para la importación de determinados vehículos automóviles híbridos, eléctricos y a celdas de combustible (hidrógeno), completos, tanto totalmente armados (CBU), como semidesarmados (SKD) y totalmente desarmados (CKD), por un periodo de TREINTA Y SEIS (36) meses y un límite máximo de SEIS MIL (6.000) unidades.

Que a través de la Resolución N° 536 de fecha 18 de julio de 2017 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se establecieron los requisitos y demás formalidades que deberán observar las empresas terminales interesadas en importar los vehículos alcanzados por el Decreto N° 331/17, con la reducción arancelaria allí establecida, así como el procedimiento y los criterios para la asignación de los cupos respectivos por parte de la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que, en tal sentido en su Artículo 3° la...

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