Disposición 89.
Fecha de disposición | 06 Marzo 2017 |
Fecha de publicación | 06 Marzo 2017 |
Sección | Avisos Oficiales |
Disposición 89/2017
Buenos Aires, 03/03/2017
VISTO el expediente N° S02:0004569/2010 del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes N° 24.449 y N° 26.363, decreto reglamentario 779/95 y decreto reglamentario 1716/08.
CONSIDERANDO:
Que mediante el artículo 1° de la Ley N° 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL como organismo descentralizado en el ámbito del actual MINISTERIO DE TRANSPORTE conforme decreto 13/2015, cuya misión es la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, siendo tal como lo establece el artículo 3° de la mencionada norma, la autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial nacionales.
Que por el artículo 13 de la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449, modificado por el artículo 25 de la Ley N° 26.363, se regulan las características de la Licencia Nacional de Conducir, estableciéndose en el apartado b) de dicha norma, que deberá extenderse conforme a un modelo unificado que responderá a estándares de seguridad, técnicos y de diseño que establezca el organismo, que se individualizará por la mención expresa, en campo predeterminado, de la autoridad local emisora y el número de documento nacional de identidad del requirente.
Que el artículo 13 del Anexo I del Decreto N° 779/95, reglamentario de la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449, modificado por el Decreto N° 1716/08, establece en su apartado b) que la Licencia Nacional de Conducir deberá se extendida por la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, en un documento diseñado como modelo único de Licencia Nacional de Conducir, debiendo el mismo ser adoptado, en forma progresiva por las distintas jurisdicciones.
Que en ese mismo sentido, la normativa referenciada en el párrafo precedente, establece que el modelo único de Licencia Nacional de Conducir será de formato uniforme, del tamaño estándar de tarjetas plásticas de mayor utilización en el mercado, con el contenido mínimo que exige la ley y con los elementos de resguardo de seguridad documental a fin de asegurar su autenticidad e inviolabilidad.
Que mediante el Decreto N° 1787/08 reglamentario de la ley 26.363, se dio estructura organizativa a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, estableciéndose en el Anexo V, Punto I, apartado a) que el SISTEMA...
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