Disposición 88.

Fecha de disposición25 Abril 2016
Fecha de publicación25 Abril 2016
SecciónAvisos Oficiales

Disposición 88/2016

Bs. As., 04/04/2016

VISTO el expediente N° S02:0017261/2012 del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes N° 24.449, N° 26.363, su normativa reglamentaria, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1° de la Ley N° 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL como organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, cuya misión es la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial.

Que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, actualmente por el Decreto N° 13/2015, se encuentra bajo la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que entre las funciones asignadas a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL por la norma de creación se encuentra la de coordinar, impulsar y fiscalizar la implementación de las políticas y medidas estratégicas para el desarrollo de un tránsito seguro en todo el territorio nacional.

Que por la Disposición ANSV N° 551 del 22 de octubre de 2012 se aprobó el modelo de Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica en materia de Estadística, a suscribirse entre la Agencia Nacional de Seguridad Vial y las Provincias, con el objeto de consolidar y fortalecer la cooperación y asistencia técnica en materia de estadística, y la articulación de un Observatorio Local de Seguridad Vial que permitan obtener información sustancial que aporte a la toma de decisiones a los efectos de reducir la tasa de la siniestralidad vial.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DEL OBSERVATORIO VIAL, en el marco de las competencias atribuidas por el Decreto N° 1787/2008, ha evaluado la aplicación e implementación del modelo de convenio referido, considerando que resulta necesaria su adecuación y modificación en virtud de las necesidades reales y las experiencia que ha surgido de la praxis durante el periodo transcurrido desde su aprobación.

Que en tal sentido, resulta conveniente y oportuna la aprobación de un nuevo modelo de Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica en materia de estadística, como una herramienta fundamental en materia de la seguridad vial.

Que sobre la base de lo expuesto, corresponde a ésta DIRECCIÓN EJECUTIVA proceder a la aprobación del nuevo modelo de Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica en materia de estadística a suscribirse con las Provincias, documento que permitirá la obtención de oportuna información para el proceso de planificación vial, de difusión de toda la información estadística, recomendaciones y medidas preventivas.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE OBSERVATORIO VIAL, la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y el DEPARTAMENTO DE PATRIMONIO Y SERVICIOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, han tomado la intervención de su competencia

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que el Director Ejecutivo de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL resulta competente para la suscripción de la presente Disposición en virtud de las competencias expresamente atribuidas por el artículo 7° incisos a) y b) de la Ley N° 26.363.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1°

Apruébese el nuevo Modelo de Convenio de Cooperación y Asistencia Técnica en Materia de Estadística, que como Anexo I forma parte de la presente medida.

ARTÍCULO 2°

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Cumplido, archívese. -- CARLOS A. PEREZ, Director Ejecutivo, Agencia Nacional de Seguridad Vial, Ministerio de Transporte.

ANEXO I

CONVENIO DE COOPERACION Y ASISTENCIA TÉCNICA EN MATERIA DE ESTADISTICA ENTRE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, MINISTERIO DE TRANSPORTE Y LA...

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