Disposición 88/2020

Fecha de publicación17 Diciembre 2020
SecciónDisposiciones
EmisorADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS


Ciudad de Buenos Aires, 09/03/2020

VISTO, el Expediente EX-2019-57172749-APN-ANAC#MTR del Registro de la ésta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC), el Decreto Nº 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007 y la Resolución ANAC N° 225 de fecha 04 de diciembre de 2009 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Expediente citado en el Visto, la Dirección de Aeródromos dependiente de ésta DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS (DGIySA) de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC) elaboró el proyecto de Circular Técnica mediante la cual se establecen las especificaciones mínimas que deben cumplimentar los artefactos, equipos e instalaciones de los Sistemas de Balizamiento de Alta, Media y Baja intensidad, para su correspondiente homologación y utilización en los aeródromos y helipuertos públicos y privados del país.

Que motiva el presente proyecto, la necesidad de actualizar a las nuevas tecnologías que rigen en esta actividad, las especificaciones técnicas requeridas para la aprobación de los Sistemas de Balizamiento para Baja, Media y Alta intensidad, en los aeródromos y helipuertos donde se realizan operaciones en condiciones visuales por instrumentos de no precisión y por instrumentos de precisión respectivamente.

Que como consecuencia de lo anterior resulta necesario derogar la “Circular Técnica de Balizamiento (CTB) C.090.001” aprobada mediante la Disposición No. 02 de fecha 29 de mayo de 2015.

Que a los fines de una mejor técnica normativa es necesario continuar con una numeración correlativa en las circulares técnicas que sean aprobadas por esta ésta DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS (DGIySA) de esta ANAC.”.

Que el Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos dependiente de la UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y CONTROL DE GESTIÓN (UPYCG) de ésta ANAC ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, dependiente de la DIRECCIÓN...

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