Disposición 87.

Fecha de disposición25 Abril 2016
Fecha de publicación25 Abril 2016
SecciónAvisos Oficiales

Disposición 87/2016

Bs. As., 04/04/2016

VISTO el expediente N° S02: 0010777/2010 del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes N° 24.449, N° 26.363, su normativa reglamentaria y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1° de la Ley N° 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL como organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, cuya misión es la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial.

Que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, actualmente por el Decreto N° 13/15, se encuentra bajo la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que entre las funciones asignadas a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL por la norma de creación se encuentra la de coordinar, impulsar y fiscalizar la implementación de las políticas y medidas estratégicas para el desarrollo de un tránsito seguro en todo el territorio nacional.

Que por la Disposición N° 280/10 se aprobó el modelo de FORMULARIO NARANJA y su manual de uso, con fines estadísticos en el relevamiento y sistematización de las variables involucradas en siniestros viales.

Que en este marco normativo, por la Disposición ANSV N° 332/10 se aprobó el Modelo de Convenio Específico de Implementación del FORMULARIO NARANJA para su implementación con las provincias.

Que posteriormente, por la Disposición ANSV N° 456/14 se procedió al reemplazo del FORMULARIO NARANJA, por la utilización del denominado FORMULARIO ESTADISTICO ÚNICO, como instrumento con fines estadísticos en el relevamiento y sistematización de las variables involucradas en siniestros viales.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DEL OBSERVATORIO VIAL, en el marco de las competencias atribuidas por el Decreto N° 1787/2008, ha evaluado la aplicación e implementación del modelo de convenio antes referido, considerando que resulta necesaria su adecuación y modificación en virtud del cambio en el instrumento a utilizar.

Que sobre la base de lo expuesto, corresponde a ésta Dirección Ejecutiva proceder a la aprobación del modelo de Convenio Específico de implementación del FORMULARIO ESTADÍSTICO ÚNICO a suscribir con las Provincias, a los fines de posibilitar una ordenada instrumentación del mencionado proceso.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE OBSERVATORIO VIAL y la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, han tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL ha tomado la intervención que le compete.

Que el Director Ejecutivo de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL resulta competente para la suscripción de la presente Disposición en virtud de las competencias expresamente atribuidas por el artículo 7° inciso b) de la Ley N° 26.363.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1°

Apruébese el Modelo de Convenio Específico de implementación del FORMULARIO ESTADISTICO ÚNICO, que como Anexo I integra la presente medida como parte constitutiva, a los efectos de su instrumentación con las Provincias.

ARTÍCULO 2°

Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Cumplido, archívese. -- CARLOS A. PEREZ, Director Ejecutivo, Agencia Nacional de Seguridad Vial, Ministerio de Transporte.

ANEXO I

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