Disposición 8111/2020

Fecha de publicación30 Octubre 2020
SecciónDisposiciones
EmisorADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA


Ciudad de Buenos Aires, 28/10/2020

VISTO el EX-2020-56652879- -APN-DPVYCJ#ANMAT; de ésta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y

CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones se inician a raíz de que el Departamento Provincial de Bromatología de la provincia de Chubut informa que en el marco de un Programa de Monitoreo detecta la comercialización del producto: “Miel, Elaborada para Agro Andina S.A, Chilecito, La Rioja RNE N° 013004785, SENASA MM-050-PFD.”, que no cumpliría con la legislación sanitaria vigente.

Que atento ello, el citado Departamento realiza las consultas federales N° 4804 y N° 4805 a través del SIFeGA (Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos) a la Dirección General de Higiene y Seguridad Alimentaria de Ciudad de Buenos Aires (DGHySA) y a la Dirección de Seguridad Alimentaria de la provincia de La Rioja, respectivamente, a fin de verificar si el establecimiento indicado en el rotulo del producto investigado se encuentra habilitado.

Que en este sentido, la DGHySA indica que el registro es inexistente y, la autoridad sanitaria de la provincia de La Rioja informa que el código de número de registro no se corresponde a la jurisdicción consultada.

Que por ello, el Departamento Provincial de Bromatología de la provincia de Chubut notifica el Incidente Federal N° 2051 en la Red del Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria - Red SIVA y pone en conocimiento de los hechos a las autoridades sanitarias de las municipalidades y comunas de la provincia de Chubut.

Que en consecuencia, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) realiza la consulta federal N° 4921 a través del SIFeGA al Departamento de Nutrición e Higiene de los Alimentos de la Provincia de Mendoza, y el Departamento Provincial de Bromatología de la provincia de Chubut realiza la consulta federal N° 4922 al Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA), todas, con el objeto de comprobar si, el RNPA se encuentra autorizado y verificar la información declarada en el rotulo del producto.

Que en relación a ello, la Dirección de Nutrición e Higiene de los Alimentos de la Provincia de Mendoza informa que el RNPA es inexistente y que el RNE 130004785 pertenece a una razón social para los rubros elaboración y fraccionamiento de miel, que se encuentra no vigente, y que no tiene elaboración para el tercero “Agro Andina S.A.”.

Que por su parte, el...

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