Disposicion 8

Fecha de publicación05 Febrero 2008
Fecha de disposición05 Febrero 2008
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31338

MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICAY SERVICIOS para que se otorgue el trámite que corresponda al recurso previsto por el artículo 94 del citado cuerpo normativo.

Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en su carácter de Servicio Jurídicos Permanente de esta Comisión Nacional de Comunicaciones, ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas en el artículo 6º incisos t) y d') del Decreto Nº 1185/90 y sus normas concordantes y complementarias y en el Decreto Nº 122/2007.

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES RESUELVE:

ARTICULO 1º

Déjese sin efecto la suspensión de los efectos de la Resolución CNC Nº 3818/2006 dispuesta por Resolución CNC Nº 2322/2007.

ARTICULO 2º

Intímase a T. MILENIO POSTAL CORREO PRIVADO S.R.L. a cesar en forma inmediata la prestación de servicios postales, bajo apercibimiento de la aplicación de la sanción prevista en el artículo 3º de la Resolución Nº 007 CNCT/96.

ARTICULO 3º

Rechácese el recurso de reconsideración interpuesto por la empresa T. MILENIO POSTAL CORREO PRIVADO S.R.L. contra la Resolución CNC Nº 3818/2006.

ARTICULO 4º

Elévense las presentes actuaciones al MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS a fin de que resuelva el recurso de alzada interpuesto por la empresa T. MILENIO POSTAL CORREO PRIVADO S.R.L. en los términos del artículo 94 y sgtes del Decreto Nº 1759/72.

ARTICULO 5º

Regístrese, comuníquese, dése razón a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese y archívese. -- Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.

e. 05/02/2008 Nº 570.301 v. 05/02/2008 MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION RESOLUCION Nº 32.732 DEL 30/ENE/2008

EXPTE. Nº 49.975 - PRESUNTAS INFRACCIONES DEL P.A.S. BRESSANI LUIS ADRIAN (MAT.

Nº 63.177) A LAS LEYES 20.091 Y 22.400.

SINTESIS:

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Disponer la suspensión de la tramitación del presente Expediente Nº 49.975.

ARTICULO 2º

Disponer la inhabilitación del productor asesor de seguros Sr. BRESSANI, Luis Adrián (matrícula Nº 63.177), hasta tanto comparezca a estar a derecho munido de los libros de registros obligatorios llevados en legal forma.

ARTICULO 3º

La Gerencia de Autorizaciones y Registros tomará razón de...

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