Disposición 8/2021

Fecha de publicación03 Mayo 2021
SecciónDisposiciones
EmisorMINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS PARA EL MERCADO INTERNO


Ciudad de Buenos Aires, 29/04/2021

VISTO el Expediente N° EX-2020-01682935- -APN-SSPMI#MPYT, el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 319 de fecha 14 de mayo de 1999 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, 262 de fecha 6 de junio de 2019 y su modificatoria, 795 de fecha 29 de noviembre de 2019, ambas de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, 344 de fecha 9 de abril del 2021 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 319 de fecha 14 de mayo de 1999 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, establece que solo se podrán comercializar en el país diversos artefactos eléctricos, con la obligatoriedad de someter sus productos a la certificación del cumplimiento de las Normas IRAM relativas al rendimiento o eficiencia energética de cada producto, colocando en los mismos, una etiqueta en la que se informe el rendimiento o eficiencia energética y la demás características asociadas, conforme los resultados obtenidos.

Que, en ese sentido, se ha puesto en vigencia la exigencia del etiquetado referido, mediante el dictado de la Resolución Nº 795 de fecha 29 de noviembre de 2019 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, para los productos identificados como “lámparas LED eléctricas para iluminación general”, a los efectos de certificar las informaciones suministradas en las etiquetas de eficiencia energética y características asociadas de dichos productos unificando los requisitos a cumplir integrando a las indicaciones previstas por la Norma IRAM 62404-3:2017, lo prescripto por otras disposiciones destinadas a regular la información a suministrar a los consumidores.

Que, por la Resolución N° 344 de fecha 9 de abril del 2021 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO se aprobó el Procedimiento de Reconocimiento para todo Organismo de Certificación, Organismo de Inspección y Laboratorio de Ensayos (en general “Organismos Técnicos”), cuya labor esté destinada a actuar en Procedimientos de Evaluación de la Conformidad de los Reglamentos Técnicos dictados por la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR.

Que, mediante su Artículo 2° se designó como Autoridad de Aplicación del citado régimen a la SUBSECRETARÍA DE...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR