Disposición 12/2010

Fecha de disposición18 Marzo 2010
Fecha de publicación18 Marzo 2010
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31867

Registro Nº 103/2010

Bs. As., 15/1/2010

VISTO el Expediente Nº 1.327.594/09 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias y la Ley Nº 25.877, y CONSIDERANDO:

Que a fojas 7/8 del Expediente Nº 1.327.594/09, obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION FILIAL BUENOS AIRES por el sector gremial y la empresa CRONI SOCIEDAD ANONIMA por el sector empleador, ratificado a foja 9 por ante esta Autoridad de Aplicación, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o.

2004).

Que las partes acordaron un pago mensual de PESOS DOSCIENTOS ($ 200.-) de naturaleza no remunerativa, el que resultará de aplicación en el establecimiento de la Empresa signataria, respecto del personal encuadrado en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 244/94, con las prescripciones y demás consideraciones que obran en el texto al cual se remite.

Que la vigencia del Acuerdo opera a partir del mes de mayo de 2009.

Que el ámbito territorial y personal, del Acuerdo se corresponde con la actividad de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para dictar la presente surgen de lo dispuesto por el Decreto Nº 1034/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO DISPONE:

ARTICULO 1º

Declárese homologado el Acuerdo de fojas 7/8 del Expediente Nº 1.327.594/09, celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION FILIAL BUENOS AIRES y CRONI SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º

Regístrese la presente Disposición en el Departamento de Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 7/8 del Expediente Nº 1.327.594/09.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 244/94.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. SILVIA SQUIRE de PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo,

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente Nº 1.327.594/09

Buenos Aires, 22 de enero de 2010

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT Nº 11/10, se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 7/8 del expediente de referencia, quedando registrado con el número 103/10. -- VALERIA ANDREA VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la ciudad de Bs. As. a los 18 días del mes de mayo de 2009 entre la Señora Lidia Beatriz Crespo,

Secretaria Gremial, y el Señor Primo Alberto Villalba en carácter de Secretario de Deporte y Turismo en representación del Sindicato Trabajadores de Industrias de la Alimentación - Filial Buenos Aires y el Señor Francisco Javier Bras Harriott DNI 4374913 en su carácter de apoderado, en representación de la empresa CRONI SA, se ha arribado al siguiente acuerdo:

PRIMERO: Ambas partes consideran necesario realizar los mayores esfuerzos para mantener el nivel adquisitivo de los salarios del personal en la situación de crisis por la cual atraviesan vastos sectores de la actividad.

SEGUNDO: Que por ello y teniendo presente que no se arribó a un acuerdo por actividad a la fecha, a nivel de empresa las partes han pactado un pago mensual extraordinario en carácter de a cuenta por el período que más abajo se especifica.

TERCERO: Las partes acuerdan que el pago mensual aludido ascienda a la suma de $ 200 (pesos doscientos) mensuales para el personal jornalizado y mensualizado en convenio otorgándole naturaleza no remunerativa.

CUARTO:Dichopagoseotorgaacuentadelanegociaciónparitariaencursoyporellopodrácompensarse hasta su concurrencia con cualquier pago remunerativo o no de origen convencional o que sea dispuesto por decreto del poder ejecutivo de la nación.

QUINTO:Vigencia:El pago mensual de $ 200 (pesos doscientos) se efectuará por el período mayo 2009 a julio 2009 y se abonará en igual fecha que los haberes ordinarios.

SEXTO: La empresa CRONI SA se...

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