Disposición 78 - E.

Fecha de disposición11 Octubre 2016
Fecha de publicación11 Octubre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Disposición 78 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 03/10/2016

VISTO el Expediente N° Ex-2016-01598286-APN- DNMYMPRC#MJ, la Ley N° 26.589, el Decreto Reglamentario N° 1467 del 22 de septiembre de 2011 y la Resolución M.J. y D.H. N° 1689 del 30 de agosto de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley mencionada en el Visto le corresponde a este Ministerio la certificación de los profesionales que se desempeñan como mediadores, en la resolución prejudicial de conflictos con carácter obligatorio, para lo cual ha previsto en su artículo 11 inciso c) una evaluación de idoneidad a quienes aspiren a serlo.

Que a través del dictado de la Resolución M.J. y D.H. N° 1689/12 también se consideró oportuno establecer complementariamente la exigibilidad de un "Seminario Obligatorio", como una instancia formativa adicional y estableció como fecha límite de inscripción el 21 de setiembre de cada año.

Que se ha dictado la Resolución M. J. y D.H. N° 440 del 24 de junio de 2016, la cual prorroga la validez de los certificados de cursos de Formación Básica y Pasantías.

Que en virtud lo avanzado del año, diversas Entidades Formadoras no han podido completar su calendario de cursos con antelación al 21 de setiembre y consecuentemente han solicitado una prórroga en tal sentido.

Que razones de oportunidad, mérito y conveniencia, hacen conveniente diferir el dictado del "Seminario Obligatorio" y la instancia de evaluación previstos en la Resolución M.J. y D.H. N° 1689/12, que debía realizarse originalmente en el mes de noviembre del presente año y las fechas correlativas para las distintas instancias.

Que mediante el artículo 6º, segundo párrafo, de la Resolución M.J. y D.H. Nº 1689/2012, se ha facultado a la DIRECCIÓN NACIONAL DE MEDIACIÓN Y MÉTODOS PARTICIPATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS a determinar las fechas, lugares y horarios para la realización de las distintas etapas de la evaluación de idoneidad.

Que se han adoptado las medidas necesarias para cumplimentar el dictado del "Seminario Obligatorio" en el mes de marzo del año 2017.

Que es conveniente recordar que aquellos profesionales que hubieran cursado durante los años anteriores el "Seminario Obligatorio" se encontrarán habilitados para presentarse a la instancia evaluatoria.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en uso de las...

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