Disposición 879/2010
Fecha de disposición | 09 Marzo 2010 |
Fecha de publicación | 09 Marzo 2010 |
Sección | Disposiciones |
Número de Gaceta | 31859 |
Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1490/92 y por el Decreto Nº 253/08.
Por ello,
EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA DISPONE:
Levántase la inhibición preventiva de las actividades productivas del establecimiento de la firma SOAP & SOAP de PABLO J. FERNÁNDEZ, sito en la calle Videla Castillo 226, Barrio San Martín, Córdoba, Provincia de Córdoba, ordenada por Disposición A.N.M.A.T. Nº 1849/05.
Regístrese, notifíquese al interesado al domicilio de la calle Av. de Mayo 633,
Piso 1º '6'. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación, comuníquese a la Dirección de Planificación y Relaciones Institucionales. Cumplido, archívese. -- Dr. RICARDO MARTINEZ, Interventor, A.N.M.A.T.
e. 09/03/2010 Nº 22793/10 v. 09/03/2010 MINIstERIO DE sALUD sECREtARIA DE POLItICAs, REGULACION E INstItUtOs ADMINIstRACION NACIONAL DE MEDICAMENtOs, ALIMENtOs Y tECNOLOGIA MEDICA Disposición Nº 885/2010
Bs. As., 22/2/2010
VISTO el Expediente Nº 1-47-1110-13-10-4 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica; y CONSIDERANDO:
Que es esencial para esta Administración contar con definiciones operativas y claras, que no dejen lugar a dudas a los fines de ser utilizadas en diferentes momentos de su quehacer.
Que a los fines regulatorios, esta Administración se vio en la necesidad de definir los conceptos de Psicotrópico, Psicofármaco y Estupefaciente.
Que dichas definiciones fueron consultadas con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Que a la luz de la bibliografía analizada y en virtud de que en nuestro país no existe una homogénea definición de los conceptos arriba mencionados, como tampoco a nivel internacional.
Que dichas definiciones fueron consultadas con agencias regulatorias internacionales.
Que habiéndose analizado las definiciones relacionadas de la Organización Mundial de la Salud, los profesionales del 'Comité Técnico Consultor de Sustancias Químicas y Medicamentos', hicieron aportes desde las diferentes áreas y especialidades correspondientes, tales como farmacología, medicina, farmacovigilancia, psiquiatría, legales.
Que el Instituto Nacional de Medicamentos y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.
Por ello,
EL INTERVENTOR DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGIA MEDICA...
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