Disposición 71/2020

Fecha de publicación09 Marzo 2020
SecciónDisposiciones
EmisorADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS


Ciudad de Buenos Aires, 06/03/2020

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2019-00426768-AFIP-DVPCOM#SDGADF, y

CONSIDERANDO:

Que la Disposición Nº 127 (AFIP) del 25 de abril de 2019, determinó el Régimen Económico Financiero y el Régimen Jurisdiccional de autoridades competentes para contratar, aprobar gastos y reconocer pagos mediante legítimo abono, incorporó nuevas unidades con capacidades de contratación y ajustó los montos hasta los cuales aquéllas pueden autorizar y adjudicar las contrataciones que se celebran en el ámbito de este Organismo.

Que mediante la Disposición N° 302 (AFIP) del 11 de septiembre de 2019, se adecuó la estructura organizativa de la Dirección General de Aduanas y, se creó la Dirección Regional Aduanera Noreste y se determinó que las unidades orgánicas con nivel de Sección denominadas “Administrativa y Financiera” dependientes de las Direcciones Regionales Aduaneras del Interior, pasen a nivel de División.

Que, por su parte, la Disposición N° 329 (AFIP) del 24 de septiembre de 2019, introdujo cambios en la estructura organizativa de la Dirección General Impositiva creando una unidad orgánica con nivel de División denominada “Administrativa”, para cada una de las Direcciones Regionales Impositivas, existentes en los ámbitos de las Subdirecciones Generales de Operaciones Impositivas Metropolitanas y del Interior.

Que en virtud de las modificaciones de la estructura organizativa acontecidas y en pos de velar por una correcta gestión, mantenimiento y conservación de los bienes y servicios necesarios para el normal funcionamiento de las áreas que le dependen, resulta oportuno determinar las unidades orgánicas a las que les es aplicable el Régimen Económico Financiero y el Régimen Jurisdiccional.

Que, en lo atinente al Régimen Jurisdiccional de autoridades competentes para contratar, aprobar gastos y reconocer pagos mediante legítimo abono, se estima necesario efectuar adecuaciones en los montos previstos expresándolos en “unidades módulos” con el fin de establecer topes acordes a cada unidad de estructura autorizada a los fines mencionados, utilizando el parámetro vigente para la Administración Pública Nacional.

Que han tomado la intervención que les compete la Dirección de Legislación y las Subdirecciones Generales de Asuntos Jurídicos, Administración Financiera y Planificación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 6° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR