Disposición 70. Digesto de Normas Técnico-Registrales. Modificación.

Fecha de disposición09 Marzo 2018
Fecha de publicación09 Marzo 2018
SecciónDisposiciones

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCIÓN NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CRÉDITOS PRENDARIOS

Disposición 70/2018

Digesto de Normas Técnico-Registrales. Modificación.

Ciudad de Buenos Aires, 01/03/2018

VISTO el Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor Título I, Capítulo IV, Sección 3ª, artículo 1°, y

CONSIDERANDO:

Que la norma citada en el Visto regula lo atinente a la forma de acreditar la personería de los representantes legales de las personas jurídicas.

Que, salvo en los casos previstos en los puntos 3 y 7 del artículo mencionado, dichos sujetos deben acreditar su condición ante el Registro Seccional, presentando "(\u2026) Contrato Social y Acta de designación del representante (v.g. Estatuto de Sociedad Anónima, Acta de Asamblea de designación de Directores y Actas de Directorio de distribución de cargos en la que se nombra Presidente). Si en el contrato social se han limitado las facultades del representante legal, estableciéndose que los actos mencionados requieren ser autorizados por el Directorio, Asamblea u otro órgano según el tipo de persona jurídica de que se trate se acompañará también el acta que expresamente lo autorice. Una copia simple de dichos documentos se presentará para agregar al Legajo, previa constatación por el Registro de su autenticidad, lo que así hará constar con la firma y sello del Encargado (\u2026)", o bien, por ejemplo, una copia certificada de dichos instrumentos.

Que, en ambos supuestos, la documentación pertinente será agregada al Legajo B del dominio.

Que una situación similar se da con relación a la certificación de firmas de los representantes legales y a la acreditación del domicilio de las personas jurídicas contempladas en el Digesto de Normas Técnico-Registrales del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor Título I, Capítulo V, Sección 5ª y Capítulo VI, Sección 3ª, respectivamente.

Que las situaciones...

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