Disposición 7.

Fecha de disposición13 Enero 2016
Fecha de publicación13 Enero 2016
SecciónAvisos Oficiales

Disposición 7/2015

Bs. As., 30/12/2015

VISTO el Expediente N° STN: 0007459/2015, las normas establecidas por el Art. 24 inc. b) de la Ley N° 25.997 y el Decreto N° 1297/2006, arts. 23 y 24 del Anexo I y Resoluciones ST N° 877/94 y N° 1511/05, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo estipulado en el artículo 5° del Anexo I de la Resolución ST N° 877/94 este MINISTERIO DE TURISMO establece el cronograma anual de depósito y presentación de las Declaraciones Juradas del impuesto del 5% (cinco por ciento) sobre el valor de los pasajes aéreos al exterior en el que se determinan las oportunidades en que los agentes de percepción deben liquidar y efectuar el depósito de los montos correspondientes.

Que a los efectos referidos en el Considerando precedente es necesario establecer el calendario que regirá durante el año 2016.

Que es necesario por parte de los agentes de percepción, para que coadyuve a su cumplimiento, tener en cuenta el calendario de rendición y pago que rige para las operaciones de venta entre las Compañías Aéreas y sus Agentes, de conformidad con el cronograma efectuado por BSP-IATA que remitiera la Cámara de Compañías Aéreas de Argentina (JURCA).

Que la Resolución ST N° 1511/05 de este MINISTERIO DE TURISMO establece la obligación de los agentes de percepción del impuesto de presentación Certificaciones Contables en forma trimestral, por lo que se estima conveniente fijar las fechas de vencimiento de cada obligación para el año 2016.

Que la COORDINACIÓN DE FISCALIZACIÓN IMPUESTO PASAJES EXTERIOR y la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en el marco de las disposiciones contenidas en la Ley N° 25.997 y su Decreto Reglamentario, como así también en función de las facultades conferidas por el artículo 35 del Anexo del Decreto N° 1.344 de fecha 4 de octubre de 2007, el articulo 20 quater de la Ley 22.520, y los Decretos Nros. 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y 219 de fecha 22 de diciembre de 2015.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO

DE COORDINACION

DISPONE:

ARTICULO 1°

Apruébase el Calendario que regirá durante el año 2016, determinando las fechas en que los agentes de percepción del impuesto del 5% (cinco por por ciento) sobre el valor de los pasajes aéreos al exterior en vuelos regulares de pasajeros deberán presentar las Declaraciones Juradas y depositar los montos correspondientes, de acuerdo al Anexo I que forma parte...

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