Disposición 29/2009

Fecha de disposición08 Octubre 2009
Fecha de publicación08 Octubre 2009
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31754
ARTICULO 2º

Regístrese la presente Resolución en el Departamento Despacho dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 991/992 del Expediente Nº 906.487/91.

ARTICULO 3º

Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4º

Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el cálculo de la Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se homologan y de conformidad a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5º

Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Convenio Colectivo de Trabajo homologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 906.487/91

Buenos Aires, 26/3/2009

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 373/09 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 991/992 del expediente de referencia, quedando registrado con el Nº 288/09.-- JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro, Convenios Colectivos de Trabajo, Dto. Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO 2008

En la ciudad de Rosario, a los 11 días del mes de diciembre de 2008, entre la CAMARA DE ARENA Y PIEDRA Y NAVEGACION FLUVIAL DEL LITORAL representada en este acto por Ricardo Argentino ROZAS y el C.P.N. Guillermo R. ALLEN, asistidos por los Dres. Juan Pablo MARC y Juan Carlos PITTANO por una parte y por la otra el CENTRO DE PATRONES Y OFICIALES FLUVIALES DE PESCA Y CABOTAJE MARITIMO representado por Juan Carlos PUCCI, Jorge Daniel BIANCHI, Rafael ALBORNOZ y Pablo Daniel CEBALLOS como Secretario General, Secretario Gremial, Delegado de San Fernando y Delegado de Rosario respectivamente y el SINDICATO DE CONDUCTORES NAVALES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SI.CO.NA.R.A.) representado por Armando Pascual ALESSI, Angel RAIMUNDI, Luis FILLEAUDEAU, Walter ABREU y José GIMENEZ, como Secretario General, Secretario Gremial, Secretario Seccional Rosario, Secretario Seccional Corrientes y Secretario Seccional Posadas, asistidos por el Dr. Fernando G. FANUCCI, quienes manifiestan:

Se había planteado entre las partes una situación de controversia a partir de la solicitud de una recomposición salarial por la representación sindical y de la imposibilidad de otorgarla que, aún a pesar suyo, manifestara la dirigencia empresaria, poniendo especial énfasis en la crisis financiera internacional que ha repercutido con una sensible merma en el nivel de ventas registrado en el mercado interno, proyectando un futuro de total incertidumbre y de pocas expectativas favorables sobre la evolución de la situación económica del sector arenero. No obstante, con espíritu conciliador y de prevención de conflictos, en aras de cumplir con el mayor apego posible los lineamientos establecidos por el gobierno nacional en los tiempos presentes, ambas partes han tratado de aunar esfuerzos y aportar ideas superadoras de las posiciones iniciales que las distanciaban. Es con tal temperamento que han buscado una solución paliativa en la esperanza de una pronta mejora y estabilización del ritmo de crecimiento de las variables, acordando excepcionalmente el otorgamiento de una asignación...

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