Disposición 662/2019
Fecha de publicación | 02 Junio 2020 |
Sección | Convenciones Colectivas de Trabajo |
Emisor | DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO |
Ciudad de Buenos Aires, 26/10/2019
VISTO el EX-2019-42835794-APN-DGDMT#MPYT del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o.1976) y sus modificatorias, la RESOL-2019-874-APN-SECT#MPYT, y
CONSIDERANDO:
Que en el IF-2019-53015605-APN-DNRYRT#MPYT obran las escalas salariales pactadas entre la UNIÓN OBREROS Y EMPLEADOS PLÁSTICOS, por la parte sindical y la CÁMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA PLÁSTICA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 419/05, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el Artículo 1º de la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº 1315/19, conforme surge del orden 21 y del IF-2019-67083017-APN-DNRYRT#MPYT, respectivamente.
Que en el IF-2019-53015605-APN-DNRYRT#MPYT obran las escalas salariales pactadas entre la UNIÓN OBREROS Y EMPLEADOS PLÁSTICOS, por la parte sindical y la CÁMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA PLÁSTICA, por la parte empleadora, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 419/05, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).
Que las escalas precitadas forman parte del acuerdo homologado por el Artículo 2º de la Resolución citada en el Visto y registrado bajo el Nº 1316/19, conforme surge del orden 21 y del IF-2019-67083017-APN-DNRYRT#MPYT, respectivamente.
Que el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.
Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.
Que en el orden 33, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Relaciones y Regulaciones del Trabajo dependiente de esta Dirección Nacional por el cual se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.
Que la presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el segundo párrafo del Artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo Nº...
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