Disposición 6333-E.

Fecha de disposición17 Noviembre 2017
Fecha de publicación17 Noviembre 2017
SecciónDisposiciones

DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

Disposición 6333-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 15/11/2017

VISTO el Expediente EX-2017-04000363-APN-DGA#DNM del registro de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la Ley N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992) y sus modificatorias, la Ley N° 25.871 y sus modificatorias, el Decreto N° 616 del 3 de mayo de 2010, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Convenio de Colaboración suscripto el 29 de marzo del corriente año el MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN, INNOVACIÓN Y TECNOLOGÍA del GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES han acordado desarrollar e implementar acciones conjuntas y de cooperación mutua para el desarrollo de los Juegos Olímpicos de la Juventud Buenos Aires 2018, a realizarse en la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES entre los días 6 y 18 de octubre de 2018, comprometiéndose la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES a arbitrar los medios conducentes a fin de garantizar un trámite abreviado para el ingreso al Territorio Nacional de las personas acreditadas a los Juegos.

Que la Ley N° 22.520 (t.o. por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, determina los distintos Ministerios que asisten al Presidente de la Nación en sus funciones, estableciendo en su artículo 17 las competencias del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, e indicando en su inciso 16) la competencia específica para entender en la elaboración y aplicación de las normas que rijan lo inherente a migraciones internas y externas.

Que la Ley N° 25.871, sus modificatorias y su Decreto Reglamentario N° 616/10 regulan la admisión, ingreso, permanencia y egreso de personas en el territorio nacional.

Que el artículo 24 de la Ley N° 25.871 establece las subcategorías bajo las cuales podrán ser admitidos los extranjeros que ingresen al país como "residentes transitorios".

Que el inciso h) del artículo 24 del Decreto N° 616/10, establece que podrán ingresar al territorio bajo la subcategoría de admisión...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR