Disposición 5895/2021
Fecha de publicación | 23 Agosto 2021 |
Sección | Disposiciones |
Emisor | ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA |
Ciudad de Buenos Aires, 13/08/2021
VISTO la Ley N° 18284, el Decreto N° 2126 del 30 de junio de 1971, el Decreto N° 1490 del 20 de agosto de 1992, la Resolución de la (ex) Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos del Ministerio de Salud Nº 241 del 18 de noviembre de 2011, la Decisión Administrativa 761 del 6 de septiembre de 2019, las Disposiciones ANMAT Nros. 3714 del 12 de junio de 2013, 10873 del 18 de octubre de 2017, 5671 del 31 de mayo de 2018 y el Expediente N° EX-2021-61421785- -APN-DLEIAER#ANMAT del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA; y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y la normativa vigente en la materia, el control de los alimentos en la República Argentina se funda en la articulación entre los organismos sanitarios del nivel nacional, provincial y por su intermedio municipal.
Que la Ley 18.284 en su artículo 6º establece que la observancia de las normas establecidas por el Código Alimentario Argentino (CAA) será verificada con arreglo a métodos y técnicas analíticas uniformes para toda la República y determinadas por la autoridad sanitaria nacional.
Que la referida norma dispone asimismo que dicha autoridad prestará la asistencia técnica necesaria y supervisará la habilitación, organización y funcionamiento de los establecimientos, institutos o servicios oficiales de cualquier denominación que hayan de tener a su cargo el cumplimiento de lo dispuesto en el párrafo anterior, de acuerdo con un sistema de cobertura nacional, cualquiera sea la jurisdicción de que dependa.
Que la Resolución Nº 241/2011 de la entonces Secretaría de Políticas, Regulación e Institutos del Ministerio de Salud de la Nación, crea en el ámbito de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), el Programa Federal de Control de los Alimentos (PFCA), en el marco del “Plan Estratégico de Fortalecimiento de las Capacidades de Regulación, Fiscalización y Vigilancia a Nivel Nacional y Provincial”.
Que el PFCA tiene como objetivos generales priorizar la prevención, reforzar las acciones regulatorias y las actividades de vigilancia y auditoría y mejorar la respuesta ante incidentes alimentarios.
Que el artículo 3º de la citada Resolución Nº 241/2011 instituye como lineamientos generales del PFCA los consensos alcanzados a través de los talleres de trabajo realizados a nivel provincial, regional y nacional entre los que se destaca para el componente...
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