Disposición 57/2020
Fecha de publicación | 13 Mayo 2020 |
Sección | Disposiciones |
Emisor | SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA Y ADMINISTRATIVA |
Ciudad de Buenos Aires, 11/05/2020
VISTO el Expediente Nº EX-2020-19600636- -APN-DGTYA#SENASA, el Decreto Delegado Nº 1.023 del 13 de agosto de 2001, el Reglamento de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto Nº 1.030 del 15 de septiembre de 2016, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de 2020 y su modificatorio N° 287 del 17 de marzo de 2020, la Decisión Administrativa N° 409 del 18 de marzo de 2020, y las Disposiciones Nº 62 del 27 de septiembre de 2016 y N° 48 del 19 de marzo de 2020 de la Oficina Nacional de Contrataciones, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente mencionado en el Visto, se tramitó la Contratación por emergencia COVID-19 Nº 4/2020, para la adquisición de barbijos, mamelucos y termómetros para detección de COVID-19, a solicitud de la Dirección General de Laboratorios y Control Técnico y la Dirección de Recursos Humanos del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA.
Que la adquisición solicitada tiene como fin proveer al personal que se encuentra trabajando en la realización de diagnósticos para la detección de portadores del COVID-19, a los efectos de dar apoyo a las medidas llevadas a cabo por el Ministerio de Salud de la Nación.
Que en fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia, luego de que el número de personas infectadas por COVID-19 a nivel global llegara a 118.554 y el número de muertes, a 4.281, afectando hasta ese momento a 110 países.
Que en los últimos días se ha constatado la propagación de casos del nuevo coronavirus COVID-19 en numerosos países de diferentes continentes, llegando a nuestra región y a nuestro país.
Que en la situación actual, resulta necesaria la adopción de nuevas medidas oportunas, transparentes y consensuadas que se sumen a las ya adoptadas desde el inicio de esta situación epidemiológica, con el fin de mitigar su propagación.
Que por el citado Decreto N° 260/20 se facultó a la Autoridad Sanitaria, entre otras atribuciones, a “Efectuar la adquisición directa de bienes, servicios o equipamiento que sean necesarios para atender la emergencia, en base a evidencia científica y análisis de información estratégica de salud, sin sujeción al régimen de contrataciones de la administración nacional. En todos los casos deberá procederse a su publicación posterior”.
Que la dinámica de la pandemia y su impacto sobre la vida social de la población en su conjunto ha demostrado la necesidad...
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