Disposición 561/2021

Fecha de publicación19 Enero 2021
SecciónDisposiciones
EmisorADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA


Ciudad de Buenos Aires, 14/01/2021

VISTO el EX-2020-87348925-APN-DPVYCJ#ANMAT; de ésta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, y

CONSIDERANDO:

Que las actuaciones citadas en el VISTO se iniciaron a raíz de una consulta de un consumidor a través de ANMAT Responde de la Dirección de Relaciones Institucionales con relación a la comercialización del producto: “Aceite de oliva, marca Valle de los Olivos, 1 litro, consumir antes del 02/22, lote 2002, envasado por RNE N° 13005447, RNPA N° 025-13031995”, que no cumpliría con la normativa alimentaria vigente. Que el citado reclamo se refería a que según manifestó el consumidor, dudaba de la genuinidad del producto y presentó el rótulo del producto.

Que el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) informó que en el marco de otro incidente en el historial de consultas del año 2020, la Dirección de Industria y Productos Alimenticios (DIPA) de la provincia de Buenos Aires realizó a través del SIFeGA (Sistema de Información Federal para la Gestión de Control de los Alimentos) las consultas federales N° 4097 y 4098 a la Dirección de Nutrición e Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza, a fin de verificar si se encuentran autorizados los registros de establecimiento y de producto que se exhiben en el rotulo de otro producto cuyos RNE y RNPA coinciden con los del producto denunciado.

Que en este sentido, la autoridad sanitaria de la provincia de Mendoza informó que el número de RNE pertenecía a otra razón social del rubro alimentos grasos, aceites alimenticios de origen vegetal y mixto, y que el RNPA exhibido en el rotulo se corresponde con otro producto, ambos dados de baja en el año 2014.

Que continuando con las acciones de gestión, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos verificó la promoción y venta del mencionado producto en una plataforma de venta en línea, por ello, notificó al Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción de Productos sujetos a Vigilancia Sanitaria a fin de que proceda a evaluar las medidas que considere adoptar.

Que atento a ello, el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL notificó el Incidente Federal N° 2577 en la Red del Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria - Red SIVA.

Que el producto se halla en infracción a el artículo 3° de la Ley N° 18284, el artículo 3° del Anexo II del Decreto N° 2126/71 y los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR