Disposición 555/2022
Fecha de publicación | 01 Septiembre 2022 |
Sección | Convenciones Colectivas de Trabajo |
Emisor | MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO |
Ciudad de Buenos Aires, 27/05/2022
VISTO el EX-2019-54555442- -APN-DGDMT#MPYT del Registro del entonces MINISTERIO DE PRODUCCION Y TRABAJO, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley 24.013 y la Ley N° 25.877, y CONSIDERANDO:
Que la firma SIDERCA SOCIEDAD ANONIMA, INDUSTRIAL Y COMERCIAL celebra un acuerdo directo con entre la UNIÓN OBRERA METALÚRGICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA, conforme página 530 de la CD-2019-42920151-APN-DNRYRT#MPYT el que ha sido ratificado por las mencionadas partes en las actas de audiencia obrantes en las páginas 532 y 534 de la CD-2019-42920151-APN-DNRYRT#MPYT y solicitan su homologación.
Que a través del acuerdo de marras, el cual resulta ser complementario del que tramitara bajo el Expediente N° 1.666.702/15, las partes acompañan las planillas con los nuevos valores del Seguro de Vida y Sepelio previsto en el art. 52 del CCT 260/75.
Que el ámbito de aplicación del mentado instrumento se circunscribe a la estricta correspondencia entre el alcance de representación de la parte empresaria firmante, y los ámbitos personal y territorial de la entidad sindical de marras, emergentes de su personería gremial.
Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar colectivamente conforme las constancias en esta cartera de estado.
Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.
Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).
Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.
Que una vez dictado el pertinente Acto Administrativo de Homologación, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo, a los fines de que a través de la Dirección de Normativa Laboral se evalúe la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias del acuerdo obrante en las páginas 459/471 y homologado mediante la Resolución ST 208/16 de páginas 483/487 de la CD-2019-42920151-APN-DNRYRT#MPYT del EX-2019-54555442- -APN-DGDMT#MPYT.
Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.
Que las facultades de la suscripta...
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