Disposición 1119/2009

Fecha de la disposición27 de Marzo de 2009

ANEXO V - RESOLUCION GENERAL Nº 2581

ANEXO V - RESOLUCION GENERAL Nº 1814 Y SU MODIFICATORIA MODELO DE CONSTANCIA DE CREDITO CONTRA LOS ESTADOS NACIONAL, PROVINCIALES O LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES Membrete (1) Lugar y fecha,

(2) Ref: Constancia de acreditación de la situación prevista en el Artículo 1º de la Resolución General (AFIP) Nº 1814 y su modificatoria.

(4) ($ (5) ).

La presente se expide para ser presentada ante la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y tendrá una validez de SESENTA (60) días corridos contados a partir de su emisión.

-----------------------------------Firma y aclaración del funcionario interviniente (6) (1) Membrete oficial del organismo o dependencia certificante.

(2) Apellido y nombres, denominación o razón social; domicilio y Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.), del solicitante del Certificado Fiscal para Contratar.

(3) Detallar la operación que generó el crédito: tipo contrato --suministro de bienes, obras, locaciones y/o servicios--, número y fecha de celebración y demás datos identificatorios.

(4) Importe en letras.

(5) Importe en números.

(6) Cuando corresponda a una dependencia u organismo provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá hallarse certificada por autoridad competente.

INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA Resolución General 3/2009

Suspéndase la atención al público en la mesa general de entradas el día 31 de marzo de 2009.

Bs. As., 25/3/2009

VISTO La Resolución Nº 3/MJSyDH/2009 y la resolución IGJ Nº 2/2009 y,

CONSIDERANDO Que la Resolución IGJ Nº 2/2009 aprobó la modalidad de formularios digitales para los trámites a realizar ante el organismo estableciendo su vigencia a partir del día 1º de abril del corriente.

Que resulta necesario adoptar las previsiones necesarias para migrar los sistemas informáticos y realizar las pruebas operativas que garanticen su correcto funcionamiento.

Que a los efectos de lograr las condiciones de operatividad adecuadas, es dable destacar la necesidad de suspender la atención del público que asiste al organismo a fin de afectar al personal a las tareas inherentes a la implementación del nuevo sistema de formulario digital.

Por ello, y en uso de la facultades conferidas por el artículo 21 de la Ley Nº 22.315,

LA INSPECTORA GENERAL DE JUSTICIA RESUELVE Artículo 1º -- Suspender la atención al público en la mesa general de entradas, salidas y archivo el día 31 de marzo de 2009.

Art. 2º

Regístrese como resolución general. Publíquese. Dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Comuníquese a las jefaturas de los departamentos y a los funcionarios a cargo de la Oficina de Sociedades Extranjeras y Asuntos Especiales y de la Oficina Judicial. Comuníquese al Ente de Cooperación Técnica y Financiera encareciéndole le haga saber a los...

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