Disposición 7/2009

Fecha de disposición26 Marzo 2009
Fecha de publicación26 Marzo 2009
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31622

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,

PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 6º del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por Ley Nº 24.376 y el Artículo 26 del Decreto Nº 2183 de fecha 21 de octubre de 1991, Reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, para el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Comisión Nacional de Semillas, creada por Ley Nº 20.247, en su reunión de fecha 11 de noviembre de 2008, según Acta Nº 358, ha aconsejado hacer lugar a lo solicitado.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 2817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por Ley Nº 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en el ámbito de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, creados por Ley Nº 20.247, de las creaciones fitogenéticas de cebada CRESPA F.C.A. y MOROCHA F.C.A., solicitada por la UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA - FACULTAD DE CIENCIAS AGROPECUARIAS.

ARTICULO 2º

Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad.

ARTICULO 3º

Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. -- Ing. Agr. CARLOS A. RIPOLL, Presidente, Instituto Nacional de Semillas.

e. 26/03/2009 Nº 20365/09 v. 26/03/2009 BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Comunicación 'A' 4913. 23/2/2009. Ref.: Circular RUNOR 1-878. Régimen Informativo Contable Mensual - Posición Global Neta de Moneda Extranjera.

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. en relación con la Comunicación 'A' 4912, vinculada con el régimen informativo de referencia.

Al respecto, les hacemos llegar las hojas que corresponde reemplazar en la Sección 37 de Presentación de Informaciones al BCRA.

Se señala que las principales novedades son:

- Incorporación del diseño de registro 3703 y las instrucciones correspondientes para informar los datos requeridos por el régimen, en caso de haberse informado en el diseño 3702 alguna de las partidas de franquicias.

- Modificación de las leyendas de error 05, 06, 07 y 13.

- Incorporación de las leyendas de error 14 a 20.

Por último, señalamos que se ha resuelto prorrogar hasta el 27 de marzo del corriente, el vencimiento para la presentación de la información correspondiente a febrero.

Saludamos a Uds. muy atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA GUSTAVO BRICCHI, Gerente de Gestión de la Información. -- GUILLERMO R. CORZO,

Subgerente General de Regulación y Régimen Informativo.

ANEXO 6 HOJAS El/Los Anexo/s no se publican. La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Dr. Raúl Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250- Nº 31.622 47

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE POLITICAS, REGULACION Y FISCALIZACION DISPONE:

ARTICULO 1º

Incorpórese a la ASOCIACION ARGENTINA DE GINECOLOGIA Y OBSTETRICIA --F.A.S.G.O.--, al REGISTRO UNICO DE ENTIDADES EVALUADORAS DE RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD, por los motivos expuestos en los Considerandos y encontrarse acreditado suficientemente el cumplimiento de los requisitos de las...

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