Disposición 537-E.

Fecha de disposición30 Octubre 2017
Fecha de publicación30 Octubre 2017
SecciónDisposiciones

AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 537-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 25/10/2017

VISTO el EXP-S02:0058931/2017 del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las leyes Nº 26.363 y 24.449, y su normativa reglamentaria, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establece el artículo 34º de la Ley Nº 24.449 y su correspondiente reglamentación \u2013 Articulo 34º inciso 1º del Anexo I del Decreto Nº 779/95, modificado por el Artículo 39º del Anexo I del Decreto Nº 1716/08-, todos los vehículos que integren las categorías L, M, N, y O, para poder circular por la vía pública deberán tener aprobada la Revisión Técnica Obligatoria (RTO), tendiente a garantizar que los vehículos particulares que circulan por la vía pública del territorio nacional, especialmente en las rutas nacionales, reúnan las condiciones mínimas de seguridad activa y pasiva para circular; como así también el control de la emisión de contaminantes.

Que en ese sentido, mediante el Artículo 1º de la Ley Nº 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL como organismo descentralizado en el ámbito del actual MINISTERIO DE TRANSPORTE, cuya misión es la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, siendo tal como lo establece el Artículo 3º de la mencionada norma, la autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial nacionales.

Que entre las funciones asignadas por la norma de creación, conforme lo establece el inciso n) del artículo de la Ley Nº 26.363 se encuentra la de coordinar con las autoridades competentes de todas las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la puesta en funcionamiento del Sistema de Revisión Técnica Obligatoria para todos los vehículos.

Que en concordancia con lo regulado en la normativa nacional antes referenciada, la Municipalidad de Tartagal solicitó oportunamente la incorporación y registro de un Taller de Revisión Técnica Obligatoria \u2013 T.R.T.- de jurisdicción local, en la órbita de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, tendiente a complementar la oferta de servicio de revisión técnica obligatoria a la ciudadanía en el marco de la Ley N° 24.449, N° 26.363 y Decretos N° 779/95, 1716/08, y normas complementarias.

Que la Municipalidad de Tartagal se encuentra adherida a la Ley Nacional de Transito y Seguridad Vial N° 24.449 y N° 26.363 de creación de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, conforme las Ordenanzas Nº 264/02 y Nº 1524/10, respectivamente.

Que se ha elevado a consideración de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL la documentación del Taller de Revisión Técnica \u2013 T.R.T.- RETEVE TAR de HiLuq S.R.L. (CUIT 30-71537488-5), sito en Colectora Oeste Ruta Nacional Nº 34 y Primero de Mayo, de la Municipalidad de Tartagal, de la provincia de...

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