Disposición 1/2009

Fecha de disposición29 Enero 2009
Fecha de publicación29 Enero 2009
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31583

MIL TRESCIENTOS VEINTISIETE CON QUINCE CENTESIMOS (U$S 10.928.327,15).

Fecha de emisión: 30 de diciembre de 2008.

Fecha de vencimiento: 1 de mayo de 2009.

IV) Monto: DOLARES ESTADOUNIDENSES CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL TRESCIENTOS NUEVE CON NOVENTA Y DOS CENTESIMOS (U$S 4.451.309,92).

Fecha de emisión: 30 de diciembre de 2008.

Fecha de vencimiento: 1 de junio de 2009.

V) Monto: DOLARES ESTADOUNIDENSES TREINTA MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO CON SETENTA Y DOS CENTESIMOS (U$S 30.945.565,72).

Fecha de emisión: 30 de diciembre de 2008.

Fecha de vencimiento: 20 de agosto de 2009.

Opción de cancelación anticipada: el presente pagaré podrá ser cancelado anticipadamente por el emisor.

Art. 2º

Autorízase al Secretario de Finanzas o al Subsecretario de Financiamiento, o al Director Nacional de la Oficina Nacional de Crédito Público, o al Director de la Dirección de Administración de la Deuda Pública, o al Coordinador de la Unidad de Registro de la Deuda Pública, a suscribir en forma indistinta la documentación necesaria para instrumentar las emisiones dispuestas en el Artículo 1º de la presente resolución conjunta.

Art. 3º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -- Hernán Lorenzino. -- Juan C. Pezoa.

Secretaría de Gabinete y Gestión Pública y Secretaría de Hacienda MINISTERIO DE PRODUCCION Resolución Conjunta 3/2009

Incorpóranse cargos al Nomenclador de Funciones Ejecutivas a la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentos.

Bs. As., 14/1/2009

VISTO el Expediente Nº S01-0514261/2008 del registro del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, el Decreto Nº 1940 del 13 de noviembre de 2008 y el Decreto Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, mediante el cual se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), y CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 1940/08 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCAY ALIMENTOS dependiente del MINISTERIO DE PRODUCCION.

Que a través del proceso de transformación en el que se encuentra inserto el Estado Nacional, la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, ha reestructurado sus unidades organizativas, a efectos de otorgarle mayor eficacia y eficiencia al accionar del Estado Nacional.

Que en relación al reordenamiento que se está llevando a cabo en la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS, se hace necesario por el presente acto incorporar cargos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas.

Que la Oficina Nacional de Innovación de Gestión de la SECRETARIA DE GABINETE Y GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención que le compete conforme la normativa citada, efectuando el análisis y ponderación de los niveles de Funciones Ejecutivas correspondientes.

Que la SECRETARIA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS a través de la Oficina Nacional de Presupuesto, ha constatado la existencia de créditos vigentes para la medida propugnada en la presente norma.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 7º de la Decisión Administrativa Nº 2 del 9 de enero de 2009.

Por ello,

EL SECRETARIO DE GABINETE Y GESTION PUBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Y EL SECRETARIO DE HACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS RESUELVEN:

Artículo 1º

Incorpóranse al Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE PRODUCCION, según el detalle obrante en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º

Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. -- Juan C. Pezoa. -- Juan M. Abal Medina.

ANEXO I MINISTERIO DE PRODUCCION SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS INCORPORACIONES Unidad Organizativa Nivel Dirección de Coordinación de Información, Delegaciones y Elaboración II de Estimaciones Agropecuarias Unidad Organizativa Nivel Dirección de Biotecnología II SUBSECRETARIA DE PRODUCCION AGROPECUARIA Y FORESTAL Dirección de Emergencia, Riesgo y Seguro Agropecuario III Dirección Nacional de Ganadería I Dirección Nacional de Agricultura I SUBSECRETARIA DE DESARROLLO RURAL Y AGRICULTURA FAMILIAR Dirección Nacional de Diseño de Políticas de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar I Dirección Nacional de Ejecución de Políticas de Desarrollo Rural y Agricultura Familiar I SUBSECRETARIA DE AGROINDUSTRIA Y MERCADOS Dirección Nacional de Economía, Financiamiento y Mercados I Dirección Nacional de Agroindustria I DISPOSICIONES Subsecretaría de Industria INDUSTRIA AUTOMOTRIZ Disposición 1/2009

Modifícase la Disposición Nº 8/07, relacionado al Régimen de Incentivo a la Competitividad de las Autopartes Locales.

Bs. As., 26/1/2009

VISTO el Expediente Nº S01:0535501/2008 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCION, y CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº 774 de fecha 5 de julio de 2005 estableció un Régimen de Incentivo a la Competitividad de las Autopartes Locales, por el cual se otorga un beneficio consistente en el pago de un reintegro en efectivo sobre el valor de las compras de tales autopartes, que sean adquiridos por las empresas fabricantes de ciertos productos automotores, que cuenten con establecimiento industrial radicado en el Territorio Nacional.

Que por la Resolución Nº 166 de fecha 9 de junio de 2006 de la SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se fijaron los requisitos y demás formalidades que deberán contener los proyectos que sean presentados para la obtención del beneficio establecido en el mencionado régimen.

Que la Disposición Nº 8 de fecha 9 de mayo de 2007 de la SUBSECRETARIA DE INDUSTRIA de la SECRETARIA DE INDUSTRIA,

COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION estableció el procedimiento para la liquidación del reintegro en los proyectos que sean aprobados, la tramitación que tendrán esas solicitudes, la información que deberán...

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