Disposición 2635/2008

Fecha de disposición14 Enero 2009
Fecha de publicación14 Enero 2009
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31572

Inversión Pública y Servicios OBRAS PUBLICAS Resolución Conjunta 51/2008 y 1629/2008

Sustitúyese el texto del Artículo 1º de la Resolución Conjunta Nº 396/02 del ex Ministerio de Economía y Nº 107/02 de la ex Secretaría de Obras Públicas, relacionada con la Creación de la Comisión de Seguimiento del Sector de la Construcción.

Bs. As., 30/12/2008

VISTO el Expediente Nº S01:0442024/2007 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la Ley Nº 13.064, el Decreto Nº 1.295 de fecha 19 de julio de 2002, la Resolución Conjunta Nº 396 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y Nº 107 de la ex SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION de fecha 16 de septiembre de 2002, y CONSIDERANDO:

Que la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO dependiente de la SECRETARIA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, plantea la situación generada en su sector como consecuencia de distintos aspectos vinculados al proceso de redeterminación de precios en los contratos de obras públicas ferroviarias aprobados por la Resolución Nº 115 de fecha 23 de diciembre de 2002 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCION y por el Decreto Nº 1683 de fecha 28 de diciembre de 2005.

Que asimismo considera conveniente incorporar al Artículo 6º del Anexo al Decreto Nº 1.295 de fecha 19 de julio de 2002, las obras ferroviarias como una nueva categoría de obra.

Que a efectos de analizar la propuesta efectuada por la SUBSECRETARIA DE TRANSPORTE FERROVIARIO, se dio intervención a la COMISION DE COORDINACION Y SEGUIMIENTO DE LOS PROCESOS DE REDETERMINACION DE PRECIOS creada por la Resolución Nº 1235 de fecha 22 de septiembre de 2005 del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, la cual se expidió a través de su Presidente mediante un Informe que recepta las consideraciones vertidas en su similar producido por el Grupo Técnico Asesor dependiente de dicha Comisión y en el cual se concluye que resultaría factible propiciar la firma de una resolución conjunta que cree la categoría Obras Ferroviarias.

Que conforme dispone el Artículo 2º inciso

  1. de la Resolución Conjunta Nº 396 del ex MINISTERIO DE ECONOMIA y Nº 107 de la ex SECRETARIA DE OBRAS PUBLICAS de la PRESIDENCIA DE LA NACION de fecha 16 de septiembre de 2002, es función de la COMISION DE SEGUIMIENTO DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCION, analizar y proponer la incorporación de otras tipologías de obras al Artículo 6º del Anexo del Decreto Nº 1.295/02 a pedido de los comitentes mediando solicitud fundada de los mismos.

Que, en virtud de ello, corresponde convocar a la COMISION DE SEGUIMIENTO DEL SECTOR DE LA CONSTRUCCION para que tome la intervención de su competencia.

Que el...

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