Disposición 877/2008

Fecha de publicación15 Diciembre 2008
Fecha de disposición15 Diciembre 2008
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31552

CONSIDERANDO:

Que la empresa NIDERA S.A., solicita la inscripción de la creación fitogenética de soja transgénica NIDERA A 8087 RG, en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creados por Ley Nº 20.247.

Que la Dirección de Registro de Variedades del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha informado que se han cumplido los requisitos exigidos por el Artículo 6° del Convenio Internacional para la Protección de las Obtenciones Vegetales, aprobado por Ley Nº 24.376 y el Artículo 26 del Decreto Nº 2183 de fecha 21 de octubre de 1991, Reglamentario de la Ley de Semillas y Creaciones Fitogenéticas Nº 20.247, para el otorgamiento del respectivo título de propiedad.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la Comisión Nacional de Semillas, creada por Ley Nº 20.247 en su reunión de fecha 15 de octubre de 2008, según Acta Nº 357, ha aconsejado hacer lugar a lo solicitado Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en el Artículo 9º del Decreto Nº 2817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por Ley Nº 25.845.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS RESUELVE:

ARTICULO 1º

Ordénase la inscripción en el Registro Nacional de Cultivares y en el Registro Nacional de la Propiedad de Cultivares, creado por Ley Nº 20.247, de la creación fitogenética de soja transgénica NIDERA A 8087 RG, solicitada por la empresa NIDERA S.A.

ARTICULO 2º

Por la Dirección de Registro de Variedades, expídase el respectivo título de propiedad.

ARTICULO 3º

Regístrese, comuníquese al interesado, publíquese a su costa en el Boletín Oficial y archívese. -- Ing. Agr. CARLOS A. RIPOLL, Presidente, Instituto Nacional de Semillas.

e. 15/12/2008 Nº 22174/08 v. 15/12/2008 MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS Disposición Nº 877/2008

Bs. As., 3/12/2008

VISTO la Resolución M.J. y D.H. Nº 683/00 sustituida por su similar Nº 1522/07, y CONSIDERANDO:

Que por el Capítulo III de la norma citada en el VISTO se delega a esta Dirección Nacional la facultad de disponer la apertura de Delegaciones de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor en puntos geográficos distintos de aquellos en los que funciona la sede de tales Registros.

Que asimismo, éstas podrán, eventualmente, funcionar uno o más días de la semana, en cuyo caso no se requerirá la asignación permanente de un Encargado Suplente, debiendo ser atendidas...

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