Disposición 5/2022

Fecha de publicación14 Enero 2022
SecciónDisposiciones
EmisorAGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL


Ciudad de Buenos Aires, 06/01/2022

VISTO el EX-2021-126523750- -APN-DGA#ANSV del registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado actuante en la orbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, las Leyes N° 24.449, N° 26.363, los Decretos 779 de 20 de noviembre de 1995, N° 1716 de 20 de octubre de 2008, y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1º de la Ley Nº 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, como organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, actual MINISTERIO DE TRANSPORTE (conforme Decretos N° 13/15 y N° 8/16), cuya misión es la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial, siendo, tal como lo establece el artículo 3º de dicha norma, la autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial en el ámbito nacional.

Que por el artículo 13º de la Ley Nacional de Transito Nº 24.449, modificado por el artículo 25º de la Ley Nº 26.363, se regulan las características de la LICENCIA NACIONAL DE CONDUCIR, estableciendo en el apartado b) de dicha norma, que la LICENCIA NACIONAL DE CONDUCIR, deberá extenderse conforme a un modelo unificado que responderá a estándares de seguridad, técnicos y de diseño que establezca el organismo, que se individualizará por la mención expresa, en campo predeterminado, de la autoridad local emisora y el número de documento nacional de identidad del requirente.

Que el artículo 13º del ANEXO I del Decreto Nº 779/95, reglamentario de la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449, modificado por el Decreto Nº 1716/08, establece que el modelo único de Licencia Nacional de Conducir será de formato uniforme, del tamaño estándar de tarjetas plásticas de mayor utilización en el mercado, con el contenido mínimo que exige la ley y con elementos de resguardo de seguridad documental a fin de asegurar su autenticidad e inviolabilidad.

Que entre las funciones asignadas a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL por su norma de creación, específicamente por el artículo 4º inciso e), se encuentra la de crear y establecer las características y procedimiento de otorgamiento, emisión e impresión de la Licencia Nacional de Conducir.

Que en ese lineamiento el Decreto Nº 1716/08, aprobatorio de la reglamentación de la Ley Nº 26.363, regula en su anexo V el funcionamiento del SISTEMA NACIONAL DE LICENCIAS DE CONDUCIR, el que tiene como función, entre otras, conforme el...

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