Disposición 5/2021

Fecha de publicación27 Septiembre 2021
SecciónDisposiciones
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO DIRECCIÓN DEL INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACIÓN


Ciudad de Buenos Aires, 21/09/2021

VISTO el expediente Nro EX-2021-88956880-APN-DGD#MRE, la Ley de Ministerios N° 22.520 y sus modificatorias (texto ordenado por el Decreto N° 438/92), la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20957 y sus modificatorias, el Decreto N° 1973/86 y sus modificatorios, la Resolución N° 295/2020, modificada por las Resoluciones Nros. 296/2020 y 76/2021, y la Resolución N° 300/2020; y

CONSIDERANDO:

Que compete a este Ministerio entender en la organización del Servicio Exterior de la Nación y en el ingreso al mismo.

Que la Resolución N° 295/2020 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, modificada por las Resoluciones Nros. 296/2020 y 76/2021, aprobó el REGLAMENTO DEL INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION.

Que la Resolución N° 300/2020 dispuso la realización del Concurso Público de Ingreso para cubrir hasta VEINTE (20) vacantes de aspirantes becarios que se incorporarán en el año 2021 al INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION.

Que, asimismo, la Resolución N° 300/2020 establece que los requisitos para presentarse, las fechas y los lugares de realización de Concurso Público de Ingreso serán determinados por la DIRECCIÓN DEL INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACIÓN, quien adoptará todas las medidas necesarias para la organización y realización de acuerdo a las pautas que disponga el Gobierno Nacional en materia de sanidad en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación con el coronavirus COVID-19.

Que la referida Resolución N° 300/2020 del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO facultó al DIRECTOR DEL INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION a dictar las normas complementarias que fueran necesarias a los fines de implementar lo previsto en dicha medida.

Por ello,

EL DIRECTOR DEL INSTITUTO DEL SERVICIO EXTERIOR DE LA NACION

DISPONE:

ARTICULO 1°.- Establécese que los concursantes que no hubieren obtenido un promedio igual o superior a SIETE (7) puntos en todos los exámenes escritos que se detallan en el artículo 6°, ap. II del Reglamento del Instituto del Servicio Exterior de la Nación aprobado por la Resolución N° 295/2020, modificada por las Resoluciones Nros. 296/2020 y 76/2021, no estarán habilitados a rendir la siguiente...

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