Disposición 4956/2019

Fecha de publicación24 Junio 2019
SecciónDisposiciones
EmisorADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Ciudad de Buenos Aires, 18/06/2019

VISTO la Ley 18284, el Decreto N° 2126 del 30 de junio de 1971 y sus modificatorios, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS (ex SPReI) del ex MINISTERIO DE SALUD Nº 241 del 18 de noviembre de 2011, la Disposición ANMAT N° 3714 del 12 de junio de 2013 y el Expediente Nº 1-0047-2110-006822-17-6 del Registro de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA; y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y la normativa vigente en la materia, el control de los alimentos en la República Argentina se funda en la articulación entre los organismos sanitarios del nivel nacional, provincial y, por su intermedio, municipal.

Que el eje clave de esta articulación reside en la construcción de consensos a nivel federal entre los integrantes del sistema de control de alimentos, a fin de fortalecer la gestión y optimizar el uso de los “medios abocados a la tarea”.

Que mediante la Resolución de la ex SECRETARÍA DE POLÍTICAS, REGULACIÓN E INSTITUTOS (ex SPReI) del ex MINISTERIO DE SALUD Nº 241/11 se creó, en la órbita de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), el Programa Federal de Control de los Alimentos (PFCA), en el marco del “Plan Estratégico de Fortalecimiento de las Capacidades de Regulación, Fiscalización y Vigilancia a Nivel Nacional y Provincial”.

Que en el trabajo de identificación de necesidades de fortalecimiento de capacidad del Sistema Nacional de Control de Alimentos (SNCA), los actores involucrados priorizaron el desarrollo de procedimientos armonizados y consensuados.

Que en el XVIII Encuentro del PFCA, realizado en Tandil, se concluyó, con los referentes jurisdiccionales, respecto a la necesidad de armonizar procedimientos y desarrollar directrices consensuadas para la realización de auditorías de buenas prácticas de manufactura (BPM) a establecimientos de alimentos elaborados/ industrializados y su Anexo I, la Lista de Verificación.

Que las directrices tienen como objetivo armonizar los requisitos administrativos y sanitarios, y consensuar criterios para la interpretación de la normativa vigente a los fines de la verificación del cumplimiento de BPM en establecimientos.

Que en el XIX Encuentro del PFCA realizado en la Ciudad de Buenos Aires, el INSTITUTO NACIONAL DE ALIMENTOS (INAL) se comprometió a trabajar en la propuesta de directrices para la realización de auditorías de buenas prácticas de...

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