Disposición 490/2023

Fecha de publicación13 Diciembre 2023
EmisorMINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCIÓN NACIONAL DE RELACIONES Y REGULACIONES DEL TRABAJO
SecciónPrimera Sección - Legislación y Avisos Oficiales


Ciudad de Buenos Aires, 15/11/2023

VISTO el EX-2020-00861363- -APN-MT del Registro del MINISTERIO TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, las Leyes Nros. 20.744 (t.o. 1976) y sus modificaciones, 24.013, 14.250 (t.o. 2004) y sus modificaciones, 27.541, los Decretos Nros. 260 del 12 de marzo de 2020, 297 del 19 de marzo de 2020, 329 del 31 de marzo de 2020, la Decisión Administrativa N° 429 del 20 de marzo de 2020, y la Resolución N° 279 del 30 de marzo de 2020 del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que la firma VOLKSWAGEN ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA celebra un acuerdo directo con el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, de fecha 06 de noviembre de 2019 que consta en las páginas 15/19 del IF- 2020- 00868369-APN- MT del expediente de autos, el que ha sido ratificado en los IF-2021-27560521-APN-DNRYRT#MT e IF-2021-17253645-APN-DNRYRT#MT, de las presentes actuaciones, donde solicitan su homologación.

Que en el mentado acuerdo las partes convienen suspensiones de personal en los términos del artículo 223 bis de la Ley N° 20.744.

Que cabe indicar que el personal afectado involucra a todo el personal representado por el Sindicao mencionado que presta tareas en la empresa, según consta en la presentación realizada en el RE-2022-47834302-APN-DGD#MT de autos.

Que corresponde señalar que, con motivo del CORONAVIRUS COVID-19, mediante el Decreto N° 297/20 se dispuso el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, el que fue sucesivamente prorrogado.

Que, en dicho contexto, oportunamente mediante el Decreto N° 298/20 y sus prórrogas, se suspendió el curso de los plazos, dentro de los procedimientos administrativos regulados por la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, por el Reglamento de Procedimientos Administrativos (Decreto 1759/72 - T.O. 2017) y por otros procedimientos especiales.

Que posteriormente, mediante el Decreto N° 876/20 se dispuso la reanudación del curso de dichos plazos.

Que en relación a ello, corresponde señalar que si bien se encuentra vigente lo regulado en la ley 24.013 y el Decreto N° 265/02 que imponen la obligación de iniciar un Procedimiento Preventivo de Crisis con carácter previo al despido o suspensión de personal, atento al consentimiento prestado por la entidad sindical en el acuerdo bajo análisis, se estima que ha mediado un reconocimiento tácito a la situación de crisis que afecta a la empresa, toda vez que con el mismo se logra preservar los puestos...

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