Disposición 4884/2019

Fecha de publicación18 Junio 2019
SecciónDisposiciones
EmisorADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Ciudad de Buenos Aires, 13/06/2019

VISTO la Ley N° 25.506, los Decretos Nros. 2628/02, 434/16, 561/16 y 1063/16, las Disposiciones ANMAT Nros. 6889/10, 906/11, 2577/11, 4029/11, 4752/11, 7563/11, 959/12, 2999/12, 3586/12, 3829/12, 5106/12, 680/13 y 6428/14 y el EX-2019-53992936-APN-DGIT#ANMAT correspondiente al Registro de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT);; y

CONSIDERANDO:

Que por Disposición ANMAT N° 6889/10 se creó el Programa de Despapelización Segura de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica, con el objeto de adoptar medidas de gestión tendientes a incorporar las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Tics) así como también instrumentar las herramientas institucionales necesarias para dar comienzo al proceso de Despapelización gradual de este organismo, contribuyendo, de ese modo, a mejorar su gestión, facilitar el acceso de la comunidad a la información pública y posibilitar la realización de trámites por Internet en forma segura.

Que dicho Programa estuvo a cargo del Comité Ejecutor del Programa de Despapelización Segura de la ANMAT, cuyos miembros fueron designados por la Disposición ANMAT N° 6889/10 y sus modificatorias Nros. 4752/11 y 5106/12.

Que el referido Comité llevó adelante los objetivos impulsandos por el Estado Nacional en todas las esferas de la actividad pública en el uso de las tecnologías que brinden seguridad, eficiencia y eficacia en las diferentes gestiones que en cada área se realizan.

Que la Ley N° 25.506, que reconoce el empleo de la firma digital y su eficacia jurídica en las condiciones que establece la referida norma, otorgó un decisivo impulso para la despapelización gradual del Estado.

Que como primera medida para incorporar el uso de la firma digital para la autenticación de la identidad de los usuarios, por la Disposición ANMAT N° 906/11 se creó en el ámbito de la Administración Nacional en los términos del artículo 35 del Decreto N° 2628/02, reglamentario de la Ley N° 25.506, la Autoridad de Registro de la Autoridad Certificante ONTI (OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN).

Que posteriormente por la Disposición ANMAT N° 2577/11 se adoptó el uso de la firma digital en el ámbito de este organismo; disponiéndose que los usuarios de la referida herramienta informática serán tanto los funcionarios pertenecientes a esta Administración Nacional como los terceros que realizan trámites ante este organismo.

Que por la Disposición...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR