Disposición 482 - E.

Fecha de disposición01 Diciembre 2016
Fecha de publicación01 Diciembre 2016
SecciónAvisos Oficiales

Disposición 482 - E/2016

Ciudad de Buenos Aires, 25/11/2016

VISTO el Régimen Jurídico del Automotor (Decreto-Ley Nº 6582/58 --ratificado por Ley Nº 14.467--, t.o. Decreto Nº 1114/97, y sus modificatorias), y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 7° del Régimen citado en el VISTO establece que esta Dirección Nacional es el organismo de aplicación del mismo, razón por la cual le compete, entre otras cosas, la organización y el funcionamiento del Registro Nacional de la Propiedad del Automotor a su cargo, conforme los medios y procedimientos técnicos más adecuados para el mejor cumplimiento de sus fines.

Que el artículo 13 de dicho Régimen expresamente prescribe que esta Dirección Nacional se encuentra facultada para determinar la creación, los contenidos y demás requisitos de validez de las Solicitudes Tipo de uso obligatorio para peticionar las inscripciones o anotaciones ante los Registros Seccionales que de ella dependen.

Que, en ese marco, se han implementado medidas de gestión tendientes a la unificación de trámites en una única Solicitud Tipo o Formulario, así como la eliminación gradual de la carga manual de datos a partir de la aprobación de Solicitudes Tipo y Formularios cuyos datos se ingresan en forma electrónica.

Que mediante la Disposición D.N. Nº 667 del 27 de octubre de 2009 se aprobó el modelo de Solicitud Tipo "01D" exclusiva para Motovehículos de carácter digital, para ser utilizada por parte de los Comerciantes Habitualistas, inscriptos en el Registro de Comerciantes Habitualista de esta Dirección Nacional, que comercializan esas unidades 0 kilómetro y a los fines de instrumentar la petición de inscripción inicial del dominio.

Que dicha Solicitud Tipo requiere de la impresión sobre un soporte de papel con medidas de seguridad.

Que a partir de esa experiencia exitosa, esta Dirección Nacional ha avanzado notablemente en el uso de las tecnologías de carácter informático, eliminando paulatinamente la carga manual de datos tanto para los usuarios del sistema registral como para los Registros Seccionales.

Que ello trae aparejado tanto una reducción en el tiempo de procesamiento de los trámites registrales como la eliminación de errores humanos en la carga de datos en forma manual en los sistemas informáticos provistos por esta Dirección Nacional.

Que dichos sistemas se han implementado a partir del uso de Solicitudes Tipo y Formularios que constan de un ejemplar original membretado y numerado sobre el que se imprimen los datos precargados, conforme fuera establecido por la Disposición D.N. Nº 70 de fecha 19 de febrero de 2014 y sus modificatorias, por conducto de la cual se aprobara el Sistema de Trámites Electrónicos (SITE).

Que, en esa senda, mediante la Disposición D.N. Nº 214 del 24 de julio de 2014 se estableció el uso de la Solicitud Tipo "13" (Única), utilizada por los Registros Seccionales de todas las jurisdicciones para peticionar liquidaciones, instrumentar pagos e informes de deuda en relación con diversos tributos o multas de carácter local, por aplicación de los Convenios de Complementación de Servicios suscriptos por esta Dirección Nacional con jurisdicciones provinciales y municipales.

Que, entonces, en virtud de la experiencia obtenida desde la implementación de las medidas reseñadas, resulta oportuno aprobar un sistema de similares características para la inscripción inicial de automotores nacionales e importados.

Que, de acuerdo con lo actuado mediante ACTU-S04:0029795/2016, ello se materializará a partir del acceso a un sistema informático que será suministrado por el Ente Cooperador ACARA-Leyes Nros. 23.283 y 23.412 a los Comerciantes...

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