Disposición 4776. Prohibición de uso y comercialización.

Fecha de disposición05 Mayo 2016
Fecha de publicación05 Mayo 2016
SecciónDisposiciones

Disposición 4776/2016

Prohibición de uso y comercialización.

Bs. As., 02/05/2016

VISTO el Expediente N° 1-47-1110-000104-16-1 del Registro de esta Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica y;

CONSIDERANDO:

Que se inician las actuaciones del visto en las cuales la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud, en adelante la DVS, informó que personal del Departamento de Productos de Uso Doméstico, dependiente de la Dirección antes indicada, llevó a cabo una inspección de fiscalización en el establecimiento de la firma ABASTECEDORA AÑASCO SOCIEDAD ANÓNIMA, sita en la Avenida Riestra 1490 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que mediante Orden de Inspección 2015/6179-DVS-4942, se constató un sector del establecimiento destinado al fraccionamiento y acondicionamiento de productos.

Que se relevaron los siguientes productos en stock: 1. Detergente lavavajillas marca Doble M, contenido neto 1 litro, vencimiento 3 años a partir de la fecha de elaboración, sin dato de lote, fecha de elaboración, RNE ni RNPUD/TI en el envase; 2. Agua lavandina concentrada marca DOBLE M, contenido neto 5 litros, 55 gr/Cl/I, 15 de diciembre de 2015, sin dato de lote, vencimiento, RNE, RNPUD en el envase.

Que cabe destacar que la firma ABASTECEDORA AÑASCO SOCIEDAD ANÓNIMA no posee registro ante esta Administración Nacional.

Que mediante Acta de Entrevista N° 1601/03, a fojas 8, se citó a la firma a fin de ampliar información y de comunicarle las medidas que se tomarían.

Que respecto a los productos mencionados ut supra, el representante de la firma, el señor Claudio Damián MACHIAVELLO, D.N.I. N° 10.810.033, expresó que los adquirían a granel para su posterior fraccionamiento; aclaró además que eran comercializados bajo la marca Doble M.

Que indicó la DVS que la situación reseñada representa una presunta infracción atribuible a la firma ABASTECEDORA AÑASCO SOCIEDAD ANÓNIMA, con domicilio en la Avenida Riestra 1490 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como a su director técnico, por los presuntos incumplimientos a las Resoluciones Ministeriales N° 708/98 y N° 709/98.

Que en consecuencia, la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud sugirió: prohibir el uso y comercialización en todo el territorio nacional de todos los productos domisanitarios elaborados y/o fraccionados por la firma ABASTECEDORA AÑASCO SOCIEDAD ANÓNIMA hasta tanto la firma regularice su situación ante la Autoridad Sanitaria; iniciar el...

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