Disposición 473/2022

Fecha de publicación13 Junio 2022
SecciónDisposiciones
EmisorAGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL


Ciudad de Buenos Aires, 09/06/2022

VISTO el EX-2021-65659223- -APN-DGA#ANSV del Registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA NACIÓN, las Leyes N° 26.363, N° 26.353 y N° 24.449, su normativa reglamentaria, los Decretos N° 13 del 10 de Diciembre de 2015 y N° 8 del 4 de Enero de 2016 y la DI-2021-544-APN-ANSV#MTR y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1° de la Ley N° 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL como organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, actualmente en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE DE LA NACIÓN conforme Decretos N° 13/15 y N° 8/16 la cual tiene como misión la reducción de la tasa de siniestralidad en el territorio nacional, mediante la promoción, coordinación, control y seguimiento de las políticas de seguridad vial nacionales e internacionales, siendo la autoridad de aplicación de las políticas y medidas de seguridad vial nacionales previstas en la normativa vigente en la materia conforme a lo regulado en el artículo 3 de dicha norma.

Que la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL dictó la Disposición N° 544/2021 -DI-2021-544-APN-ANSV#MTR- de fecha 26 de Julio de 2021, por la que a través de su artículo 1°, creó el Formulario Digital de Solicitud de Registro de Declaración Jurada de Cumplimiento del Artículo 68 Ley N° 24.449 Requisito de Circulación -Seguro Obligatorio Anual para Motocicletas 0 km- como medida estratégica para fortalecer y regularizar el cumplimento de la exigencia legal regulada en el artículo 68 de la Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial, previo a que la motocicleta 0 km sea librada al tránsito y circulación en la vía pública.

Que por el artículo 2° de la Disposición ANSV 544/2021 antes referenciada, se estableció que el Formulario Digital creado, deberá ser gestionado e informado ante la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL al momento de la emisión de una Póliza de Seguro Obligatorio Anual de Motocicleta 0 km conforme los métodos operativos que se definan y previo a que dicho vehículo sea librado al tránsito y circulación en la vía pública para su oportuno registro en el ámbito de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, tendiente a registrar el cumplimiento formal del requisito legal de circulación y emitir los informes que eventualmente resulten pertinentes.

Que en la práctica actual, en algunos casos, al momento de comercializarse un motovehículo 0 km, los Comerciantes Habitualistas, previo acuerdo con Compañías de Seguros, ofrecen a los adquirentes del mismo la posibilidad de gestionar y tramitar el Seguro Obligatorio regulado en el artículo 68 de la Ley N° 24.449, gestionando en tal caso, la venta del motovehículo 0 km y el seguro obligatorio correspondiente, generando con ello que el Motovehículo 0 km se libere al tránsito y circulación con la cobertura de seguro legal correspondiente.

Que en dicho sentido, a los efectos de alentar y garantizar una mayor efectividad en el cumplimiento de la exigencia legal regulada en el artículo 68 de la Ley N° 24.449, de conformidad con lo dispuesto en la Disposición ANSV N° 544/2021, y atento a las prácticas actuales que favorecen el cumplimiento de dicha exigencia legal, resulta oportuno y conveniente disponer que previo a que un Motovehículo 0 km sea librado al tránsito y circulación en la vía pública y en oportunidad de su comercialización, los Comerciantes Habitualistas, soliciten al adquirente del motovehículo 0 km que acredite el Seguro Obligatorio Anual o certificado de cobertura previo a que el vehículo 0 km sea librado al tránsito, informando dicho cumplimiento a la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL a través de la gestión del trámite del Formulario Digital de Solicitud de Registro de Declaración Jurada de Cumplimiento del Artículo 68 Ley N° 24.449 Requisito de Circulación - Seguro Obligatorio Anual para Motocicletas 0 km creado por Disposición ANSV N° 544/2021.

Que la gestión del Formulario Digital de Solicitud de Registro de Declaración Jurada de Cumplimiento Artículo 68 Ley N° 24.449 Requisito de Circulación - Seguro Obligatorio Anual para Motocicletas 0 km, por parte de los Comerciantes Habitualistas, no interfiere con el normal desarrollo del trámite de inscripción inicial para la obtención de chapa patente identificatoria previo a que el vehículo sea librado al tránsito y circulación en la vía pública, siendo concomitante y complementario del mismo.

Que en ese lineamiento la gestión del trámite ante la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL en forma concomitante al de la inscripción inicial permite garantizar una adecuada trazabilidad entre motovehículo 0 km comercializado, inicio de trámite de Inscripción inicial, emisión de Permiso de Circulación cuando corresponda y acreditación de cumplimiento de Seguro Obligatorio Anual regulado en el artículo 68 de la Ley N° 24.449, previo a la entrega y liberación del motovehículo 0 km para la circulación en la vía pública.

Que para garantizar dicha trazabilidad, el número de Formulario Digital de la ANSV, será informado en el marco del trámite de inscripción inicial de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR