Disposición 47-E.

Fecha de disposición19 Mayo 2017
Fecha de publicación19 Mayo 2017
SecciónDisposiciones

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN

SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS Y PRODUCTIVOS

Disposición 47-E/2017

Ciudad de Buenos Aires, 16/05/2017

VISTO el Expediente N° S01:0253117/2016 del Registro del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 25.922 se creó el Régimen de Promoción de la Industria del Software, que prevé beneficios para la industria del software y servicios informáticos.

Que por la Ley N° 26.692 se prorrogó el Régimen mencionado hasta el día 31 de diciembre de 2019 y se implementaron modificaciones a los efectos de mejorar su funcionamiento.

Que el Decreto N° 1.315 de fecha 9 de septiembre de 2013 aprobó la Reglamentación de la Ley N° 25.922 y su modificatoria N° 26.692 y creó, en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, el Registro Nacional de Productores de Software y Servicios Informáticos de la Ley N° 25.922 y su modificatoria N° 26.692.

Que mediante la Resolución N° 5 de fecha 30 de enero de 2014 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA y su modificatoria, se dictaron las normas complementarias y aclaratorias para la mejor aplicación del Régimen de Promoción de la Industria del Software.

Que mediante el Decreto N° 1.050 de fecha 29 de septiembre de 2016, se estableció que el Registro Nacional de Productores de Software y Servicios Informáticos de las Leyes Nros. 25.922 y 26.692, creado por el Artículo 2° del Decreto N° 1.315/13, funcionará en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS Y PRODUCTIVOS dependiente de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que con fecha 14 de junio de 2016, la empresa OPENPYME S.R.L. C.U.I.T. N° 30-71209795-3 presentó la solicitud de inscripción en el Registro Nacional de Productores de Software y Servicios Informáticos creado por el Decreto N° 1.315/13, mediante la presentación del formulario "on line" y la documentación respaldatoria consignada en el Anexo III de la Resolución N° 5/14 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA y su modificatoria, conforme lo previsto en los Artículos 14 y 15 de la mencionada resolución.

Que, la Resolución N° 5/14 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA fue modificada a través de la Resolución N° 705 de fecha 27 de diciembre de 2016 de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y SERVICIOS del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, la cual, entre otras cuestiones, derogó los Anexos I a VI de la normativa en cuestión, y, particularmente, en su Artículo 18 estableció que "Para todas las inscripciones y reinscripciones que se encuentren en trámite al momento de entrada en vigencia de la presente resolución, será aplicable la normativa vigente al inicio de cada...

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