Disposición 45/2020

Fecha de publicación24 Agosto 2020
SecciónDisposiciones
EmisorCOMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE


Ciudad de Buenos Aires, 21/08/2020

VISTO el Expediente EX 2020-51902131-APN-CNA#MTYD, Las Leyes N° 24.156, 25.164, 26.161, 26.912 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 649/18, 710/18 y 50/2019, 124/2020, Disposición CNAD N° 1 y

CONSIDERANDO:

Que, por conducto de la Ley N° 26.161, se aprobó la Convención Internacional contra el Dopaje en el deporte, adoptada en la 33° Reunión de la Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO -, llevada a cabo el 19 de octubre de 2005.

En consonancia con los compromisos asumidos por la REPÚBLICA ARGENTINA, en materia de lucha y prevención del dopaje en el deporte, por el artículo 79, del Capítulo I, Título IV de la Ley N° 26.912—RÉGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE— , modificada por las Leyes N° 27.109, N° 27.434 y N° 27.438, se creó la COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE, actuante en el ámbito de la SECRETARÍA DE DEPORTES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que, las funciones de organización nacional antidopaje, definidas en el Apéndice 1 del Código Mundial Antidopaje, serán ejercidas en la República Argentina por la Comisión Nacional Antidopaje, la que actuará conforme al régimen establecido para los entes enumerados en el inciso c) del artículo de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias.

Que por el artículo 81 de la Ley Nº 26.912 —RÉGIMEN JURÍDICO PARA LA PREVENCIÓN Y EL CONTROL DEL DOPAJE EN EL DEPORTE— y sus modificatorias, se estableció que la citada COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE, estará integrada por un (1) Directorio Ejecutivo, que entenderá en el cumplimiento de los objetivos de la citada Comisión previstos en el artículo 80 de la referida ley y de las demás funciones asignadas a ella en dicho régimen, y un (1) CONSEJO CONSULTIVO, que colaborará en la elaboración de políticas de prevención del dopaje en el deporte, de lucha contra el dopaje en el deporte sobre la base del principio del juego limpio y de protección de la salud de los que participan en las competencias.

Que, por el Decreto N° 649 del 12 de julio de 2018, se estableció que la COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE, actuará como una organización estatal no empresarial, con autarquía financiera, personalidad jurídica y patrimonio propio en el ámbito de la SECRETARÍA DE DEPORTES de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, se asignaron las remuneraciones de los integrantes del Directorio Ejecutivo y la duración de sus mandatos y se...

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