Disposición 45/2020

Fecha de publicación05 Mayo 2020
SecciónDisposiciones
EmisorCOMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE


Ciudad de Buenos Aires, 30/04/2020

VISTO el Expediente N° EX-2020-27445862-APN-MESYA#CNRT, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 87 del 2 de febrero de 2017 se creó la PLATAFORMA DIGITAL DEL SECTOR PÚBLICO NACIONAL, otorgando la posibilidad de realizar trámites a través de las distintas herramientas y servicios insertos en dicha plataforma.

Que el referido Decreto N° 87/17 facultó al entonces MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN a dictar las normas operativas, aclaratorias y complementarias que resulten necesarias para la implementación de lo establecido en el mencionado Decreto y elaborar los planes, protocolos, cronogramas, manuales y estándares, a ser aplicados por los organismos comprendidos en dicha medida.

Que por la Resolución N° RESOL-2019-43-APN-SECMA#JGM del 2 de mayo de 2019 de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA, se aprobó el “REGLAMENTO PARA EL USO DEL SISTEMA DE GESTIÓN DOCUMENTAL ELECTRÓNICA (GDE) Y DE LA PLATAFORMA DE TRÁMITES A DISTANCIA (TAD)” como, asimismo, los “TÉRMINOS Y CONDICIONES DE USO DE LA PLATAFORMA DE TRÁMITES A DISTANCIA (TAD)”.

Que la GERENCIA DE FISCALIZACIÓN DE GESTIÓN FERROVIARIA de esta COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE, ente autárquico actuante en la órbita del MINISTERIO DE TRANSPORTE, ha venido realizando distintas reuniones informativas a los fines interiorizar a las empresas ferroviarias respecto de la utilización de la PLATAFORMA DE TRÁMITES A DISTANCIA (TAD).

Que en virtud de ello corresponde establecer una serie de trámites habituales que deberán iniciarse y/o continuarse a través de la PLATAFORMA TRÁMITES A DISTANCIA (TAD).

Que, sin perjuicio de ello, las particularidades y homogeneidad de las distintas tramitaciones que se canalizan por la citada Gerencia conforme sus misiones y funciones, tornan dificultoso la puesta en funcionamiento definitiva y excluyente de la PLATAFORMA DE TRÁMITES A DISTANCIA (TAD), sin un periodo experimental previo, que permita verificar un fluir natural y eficiente de dichas tramitaciones.

Que, complementariamente, corresponde aprobar un procedimiento de excepción a los fines de contar con canales alternativos de recepción y/o seguimiento de trámites en caso de mal funcionamiento de la citada Plataforma, de uso excluyente para tal circunstancia.

Que la...

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