Disposición 442/2014

Fecha de la disposición 6 de Noviembre de 2014



MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

DIRECCION NACIONAL DE RELACIONES DEL TRABAJO

Disposición 442/2014Bs. As., 6/11/2014

VISTO el Expediente N° 1.646.639/14 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/8 obra el Acuerdo celebrado entre la UNION FERROVIARIA por la parte gremial y la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO por la parte empleadora, ratificado a foja 19 por medio del Acta que lo integra, del Expediente N° 1.646.639/14, conforme la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho Acuerdo, las partes han convenido modificar el articulado del Convenio Colectivo de Trabajo N° 24/75 del cual son signatarias, conforme las prescripciones y demás consideraciones obrantes en el texto al cual se remite.

Que las partes han acreditado su personería y la facultad de negociar colectivamente.

Que el ámbito de aplicación personal y territorial del presente Acuerdo, se corresponde con la representatividad de las partes firmantes del mismo.

Que de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente y se encuentra acreditado en autos el cumplimiento de los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete en las presentes actuaciones.

Que corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez homologado el Acuerdo, las partes deben acompañar nuevo texto ordenado del Convenio Colectivo de Trabajo N° 24/75.

Que las facultades de la suscripta para dictar el presente acto surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto N° 738/13.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL

DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1°

— Declárese homologado el Acuerdo obrante a fojas 2/8 obra el Acuerdo celebrado entre la UNION FERROVIARIA y la ADMINISTRACION GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO, ratificado a foja 19 por medio del Acta que lo integra, del Expediente N° 1.646.639/14, conforme la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2°

— Regístrese la presente Disposición por ante la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2/8 y el Acta de ratificación de foja 19 que lo integra, del Expediente N° 1.646.639/14.

ARTICULO 3°

— Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo N° 24/75.

ARTICULO 4°

— Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del Acuerdo homologado y de esta Disposición, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el Artículo 5 de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5°

— Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. SILVIA SQUIRE DE PUIG MORENO, Directora Nacional de Relaciones del Trabajo, Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

Expediente N° 1.646.639/14

Buenos Aires, 07 de noviembre de 2014

De conformidad con lo ordenado en la DISPOSICION DNRT N° 442/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2/8 y 19 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 1697/14. — JORGE ALEJANDRO INSUA, Registro de Convenios Colectivos...

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