Disposición 440. Asunto: Finalización y designación de Jefaturas en el ámbito de la Subdirección General de Recursos Humanos y traslados.
Fecha de disposición | 23 Septiembre 2016 |
Fecha de publicación | 23 Septiembre 2016 |
Sección | Avisos Oficiales |
Disposición 440/2016
Asunto: Finalización y designación de Jefaturas en el ámbito de la Subdirección General de Recursos Humanos y traslados.
Buenos Aires, 20/09/2016
VISTO la Disposición N° 318/16 (AFIP) y la Actuación N° 10138-471-2016 del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado acto dispositivo se introdujeron modificaciones en la Estructura Organizativa de esta Subdirección General.
Que por otra parte, por Disposición N° 167/16 (DI PERS), se determinó que la unidad orgánica con nivel de Sección creada por el artículo 9° de la Disposición N° 318/16 (AFIP) se denomine "Gestión y Asesoramiento".
Que asimismo, mediante Disposición N° 438/16 (SDG RHH), se dispuso la denominación y dependencia jerárquica de diversas Secciónes de la Dirección de Capacitación.
Que además, por Disposición N° 3/16 (DE SAAD), se determinó que la unidad orgánica con nivel de Sección creada por el artículo 8° de la Disposición N° 318/16 (AFIP) se denomine "D".
Que por lo expuesto, se propone dar por finalizadas funciones y designar a diversos agentes para desempeñarse en el carácter de Jefes de diversas Unidades de Estructura en el ámbito de esta jurisdicción.
Que el artículo 6°, inciso 1) b) del Decreto N° 618/97, otorga a esta Administración Federal la facultad de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, siendo competencia de la misma la evaluación de la oportunidad, mérito o conveniencia del ejercicio de dichas atribuciones y/o facultades discrecionales.
Que dichas potestades poseen una particular relevancia institucional en el caso de la Administración Federal de Ingresos Públicos en razón de la función estratégica del servicio (Art. 4° C.N.) que se le ha encomendado por imperativo legal (Decretos Nros. 1156/96, 618/97 y 1399/01), consistente en la gestión de las políticas tributarias, fiscales y aduaneras del Estado Nacional.
Que la medida respeta la estabilidad que gozan los agentes de Planta Permanente de este Organismo, atento a que de acuerdo a lo que prescriben los artículos 11 del Convenio Colectivo de Trabajo N° 56/92 - Laudo N° 16/92 (t.o. Resolución S.T. N° 924/10) y 14 del Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo N° 15/91 (t.o. Resolución S.T. N° 925/10), la estabilidad es el derecho del agente de planta permanente a conservar el empleo y el...
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