Disposición 44.

Fecha de disposición21 Marzo 2016
Fecha de publicación21 Marzo 2016
SecciónConvenciones Colectivas de Trabajo

Disposición 44/2016

Bs. As., 23/02/2016

VISTO el Expediente N° 1.618.553/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, las Resoluciones de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1574 del 5 de octubre de 2015 y N° 2210 del 4 de diciembre de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2/3 y 5/7 del Expediente N° 1.618.553/14 obra el acuerdo salarial celebrado entre la FEDERACIÓN ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA, por la parte sindical y la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ENERGÍA ATLÁNTICA SOCIEDAD ANÓNIMA, por la parte empleadora, en el marco del Acta Acuerdo de Empresa de fecha 2 de marzo de 1994, registrado con el N° 1041/94 "E", conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva N° 14.250 (t.o. 2004).

Que el precitado acuerdo salarial fue oportunamente homologado por el artículo 1° de la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 1574 del 5 de octubre de 2015 y registrado bajo el N° 1320/15, según surge de fojas 118/120 y 123, respectivamente.

Que el segundo párrafo del artículo 245 de la Ley N° 20.744 (t.o 1976) y sus modificatorias, le impone al MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la obligación de fijar y publicar el promedio de las remuneraciones del cual surge el tope indemnizatorio aplicable.

Que de conformidad con la citada norma legal, el tope indemnizatorio resultante, se determina triplicando el importe promedio mensual de las remuneraciones de la escala salarial y sus respectivos rubros conexos considerados.

Que a tal efecto, mediante la Resolución de la SECRETARÍA DE TRABAJO N° 2210 del 4 de diciembre de 2015, se solicitó a las partes la presentación de las escalas salariales completas correspondientes al Acuerdo N° 1320/15.

Que a fojas 1/3 del Expediente N° 276.912/15 agregado como fojas 144 al Expediente N° 1.618.553/14, obra la presentación de la EMPRESA DE DISTRIBUCIÓN DE ENERGÍA ATLÁNTICA SOCIEDAD ANÓNIMA cumplimentando lo requerido.

Que a fojas 148/159, obra el informe técnico elaborado por la Dirección de Normativa Laboral dependiente de esta Dirección Nacional, por el que se indican las constancias y se explicitan los criterios adoptados para el cálculo del promedio mensual de remuneraciones objeto de la presente y del tope indemnizatorio resultante, cuyos términos se comparten en esta instancia y al cual se remite en orden a la brevedad.

Que la presente se...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR